Establece los requisitos que deben cumplir los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) para ser validos fiscalmente. Incluye datos obligatorios del emisor, receptor, conceptos, impuestos trasladados y retenidos, uso del CFDI y complementos fiscales.
Para los efectos del articulo 29-A del CFF, los CFDI deberan cumplir con los siguientes requisitos:
Todo CFDI debe contener:
- RFC del emisor: clave del Registro Federal de Contribuyentes.
- Nombre o denominacion social: tal como aparece en la Constancia de Situacion Fiscal.
- Regimen fiscal: clave del regimen fiscal vigente del emisor.
- Domicilio fiscal: codigo postal del domicilio fiscal del emisor.
- Numero de CSD: referencia al Certificado de Sello Digital utilizado.
- RFC del receptor: clave del RFC. Para publico en general se usa XAXX010101000; para extranjeros XEXX010101000.
- Nombre o denominacion: nombre fiscal del receptor.
- Regimen fiscal del receptor: obligatorio a partir de la version 4.0 del CFDI.
- Domicilio fiscal del receptor: codigo postal conforme a su Constancia de Situacion Fiscal.
- Uso del CFDI: clave que indica el uso que el receptor dara al comprobante (gastos en general, adquisicion de mercancias, etc.).
Por cada bien o servicio facturado se debe incluir:
- Clave del producto o servicio: conforme al catalogo del SAT.
- Cantidad y unidad de medida: numero de bienes o descripcion del servicio.
- Descripcion detallada: del bien enajenado o servicio prestado.
- Valor unitario e importe: precio individual y monto total del concepto.
- Impuestos trasladados o retenidos: IVA, ISR, IEPS segun corresponda.
La version vigente del CFDI es la 4.0, que introdujo como requisitos adicionales:
- Nombre y domicilio fiscal del receptor son obligatorios y deben coincidir con los registros del SAT.
- El regimen fiscal del receptor es obligatorio.
- Se requiere indicar si el CFDI ampara una operacion de exportacion.
- Los datos del receptor se validan en tiempo real contra la base de datos del SAT al momento de la emision.
Segun el tipo de operacion, se deben agregar complementos:
- Complemento de pagos: para recepcion de pagos en parcialidades o diferidos.
- Complemento de comercio exterior: para exportaciones.
- Complemento de nomina: para recibos de nomina.
- Complemento Carta Porte: para traslado de mercancias.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La regla del CFDI 4.0 es una de las mas consultadas de toda la RMF. El principal problema en la practica es la validacion de datos del receptor: si el nombre, RFC, regimen fiscal o codigo postal no coinciden exactamente con lo registrado ante el SAT, el CFDI sera rechazado. Recomendamos solicitar a todos los clientes su Constancia de Situacion Fiscal actualizada. Los errores mas frecuentes son: nombre con acentos vs sin acentos, uso incorrecto de la clave de uso del CFDI, y codigo postal que no coincide con el registrado.
Art. 2.1.6. e.firma y Certificados de Sello Digital (CSD)
Regula los requisitos y procedimientos para la obtencion, renovacion y uso de la firma electronica avanzada (e.firma) y los Certificados de Sello Digital necesarios para la emision de CFDI y la realizacion de tramites ante el SAT.
Art. 2.7.1.8. Cancelacion de CFDI
Establece el procedimiento y plazos para la cancelacion de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet. Incluye los supuestos en que se requiere aceptacion del receptor, las excepciones y el plazo limite para realizar la cancelacion.
Art. 2.7.1.9. CFDI de nomina (recibos de nomina electronica)
Regula la emision de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet que amparan el pago de sueldos, salarios y asimilados. Establece los requisitos del complemento de nomina, los plazos de emision y las obligaciones de los patrones como emisores.
Art. 2.7.1.29. Complemento de recepcion de pagos
Regula la emision del CFDI con complemento para recepcion de pagos (REP), obligatorio cuando el pago de una factura se realiza en parcialidades o de forma diferida. Establece los requisitos, plazos de emision y la relacion con el CFDI de ingreso original.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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