FISCALES

Artículo II.3o.A.13 A (10a.). DEMANDA EN MATERIA AGRARIA. CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE ADMITE SU AMPLIACIÓN EL AMPARO INDIRECTO ES NOTORIAMENTE IMPROCEDENTE.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

DEMANDA EN MATERIA AGRARIA. CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE ADMITE SU AMPLIACIÓN EL AMPARO INDIRECTO ES NOTORIAMENTE IMPROCEDENTE.

De conformidad con los artículos 107, fracción III, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 114, fracción IV, de la Ley de Amparo, los actos dentro de juicio sólo pueden impugnarse mediante amparo indirecto cuando tengan una ejecución sobre las personas o las cosas que sea de imposible reparación; esto es, cuando sus consecuencias afecten de manera directa e inmediata derechos sustantivos previstos en la Constitución Federal, la cual no podría repararse aun obteniendo sentencia favorable en el juicio constitucional. En esas condiciones, cuando se reclama la resolución de un tribunal agrario que admite la ampliación de la demanda, debe considerarse que el juicio de amparo ante el Juez de Distrito es notoriamente improcedente, por tratarse de un acto que no tiene una ejecución de imposible reparación, pues sus consecuencias no afectan en la forma antes indicada, por lo que debe desecharse la demanda, en términos del artículo 145 de la Ley de Amparo.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2000339

Clave: II.3o.A.13 A (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VI, Marzo de 2012; Tomo 2; Pág. 1123

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 242/2011. Virgilio Monroy Pérez. 6 de octubre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Méndez Cortés. Secretario: Jorge Alberto Rangel Mendoza.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo II.3o.A.13 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo II.3o.A.13 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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