FISCALES

Artículo IX.1o.1 K (10a.). DEMANDA DE AMPARO. EL TÉRMINO PARA SU PRESENTACIÓN TRATÁNDOSE DE UN HIJO MENOR DE EDAD, TERCERO EXTRAÑO EN UN JUICIO DONDE SE EMBARGÓ UN BIEN DE SU PROPIEDAD, NO DEBE COMPUTARSE A PARTIR DE QUE QUIEN EJERCE LA PATRIA POTESTAD TENGA CONOCIMIENTO DEL ACTO RECLAMADO, SI ES ÉL EL DEMANDADO EN ESE JUICIO Y TIENE UN INTERÉS CONTRARIO AL DE AQUÉL.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

DEMANDA DE AMPARO. EL TÉRMINO PARA SU PRESENTACIÓN TRATÁNDOSE DE UN HIJO MENOR DE EDAD, TERCERO EXTRAÑO EN UN JUICIO DONDE SE EMBARGÓ UN BIEN DE SU PROPIEDAD, NO DEBE COMPUTARSE A PARTIR DE QUE QUIEN EJERCE LA PATRIA POTESTAD TENGA CONOCIMIENTO DEL ACTO RECLAMADO, SI ES ÉL EL DEMANDADO EN ESE JUICIO Y TIENE UN INTERÉS CONTRARIO AL DE AQUÉL.

Conforme al artículo 425 del Código Civil Federal, los padres ejercen la patria potestad de sus menores hijos y generalmente los representan; sin embargo, en el diverso numeral 440 de ese ordenamiento, se establece como excepción a esa representación, el caso en que la persona que ejerce la patria potestad tenga un interés opuesto al de los hijos; por tanto, si uno de los padres es parte demandada en un procedimiento en el que existe un embargo recaído en un bien perteneciente a su hijo que es extraño a ese juicio, es evidente que tiene un interés opuesto a éste y, en esas condiciones, no puede ser su representante. Consecuentemente, el término para la presentación de la demanda de amparo interpuesta por dicho hijo, no puede computarse a partir de que quien ejerce la patria potestad tiene conocimiento del acto reclamado, si es él el demandado en ese juicio y tiene un interés contrario al del menor.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2000549

Clave: IX.1o.1 K (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VII, Abril de 2012; Tomo 2; Pág. 1718

Precedentes

Amparo en revisión 551/2011. 12 de enero de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: José Ángel Hernández Huízar. Secretaria: Lucía Elizabeth Martínez Martínez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IX.1o.1 K (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IX.1o.1 K (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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