FISCALES

Artículo 1a./J. 28/2012 (10a.). ACLARACIÓN DE SENTENCIA. CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE LA DECLARA IMPROCEDENTE O INFUNDADA PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO, SALVO QUE LA IMPROCEDENCIA OBEDEZCA A LA EXTEMPORANEIDAD DE LA SOLICITUD RESPECTIVA.

Jurisprudencia · Décima Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalesjurisprudenciadécima-Épocacomún

Texto Legal

ACLARACIÓN DE SENTENCIA. CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE LA DECLARA IMPROCEDENTE O INFUNDADA PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO, SALVO QUE LA IMPROCEDENCIA OBEDEZCA A LA EXTEMPORANEIDAD DE LA SOLICITUD RESPECTIVA.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sustentado que las resoluciones pronunciadas en aclaración de sentencia, en sentido positivo o negativo, son parte integrante de ésta. En ese tenor, la resolución que declara improcedente o infundada dicha aclaración debe impugnarse mediante el juicio de amparo directo, salvo cuando la improcedencia obedezca a la extemporaneidad de la petición respectiva. Lo anterior se robustece si se considera que una interpretación contraria traería como consecuencia una pluralidad de procesos que complica la impartición de justicia pronta y expedita, e incluso podría dejar en estado de indefensión a las partes.

---

Registro digital (IUS): 2000703

Clave: 1a./J. 28/2012 (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Primera Sala

Localización: [J]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012; Tomo 1; Pág. 424

Precedentes

Contradicción de tesis 105/2011. Suscitada entre el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito. 25 de enero de 2012. La votación se dividió en dos partes: mayoría de cuatro votos en cuanto a la competencia. Disidente y Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Mayoría de cuatro votos en cuanto al fondo. Disidente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretaria: Mireya Meléndez Almaraz.Tesis de jurisprudencia 28/2012 (10a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha ocho de febrero de dos mil doce.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1a./J. 28/2012 (10a.) del FISCALES?

Jurisprudencia · Décima Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1a./J. 28/2012 (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 1a./J. 28/2012 (10a.) del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 1a./J. 28/2012 (10a.) FISCALES desde tu celular