FISCALES

Artículo III.3o.A.1 A (10a.). DERECHO POR LA OBTENCIÓN DE LICENCIA, PERMISO O AUTORIZACIÓN PARA LA VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DE BAJA GRADUACIÓN EN RESTAURANTE. EL ARTÍCULO 52, FRACCIÓN III, DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2011, QUE PREVÉ SU PAGO CONFORME A UNA TARIFA ENTRE UN MÍNIMO Y UN MÁXIMO, SIN ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINARLA, VIOLA EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

DERECHO POR LA OBTENCIÓN DE LICENCIA, PERMISO O AUTORIZACIÓN PARA LA VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DE BAJA GRADUACIÓN EN RESTAURANTE. EL ARTÍCULO 52, FRACCIÓN III, DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2011, QUE PREVÉ SU PAGO CONFORME A UNA TARIFA ENTRE UN MÍNIMO Y UN MÁXIMO, SIN ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINARLA, VIOLA EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.

El principio de legalidad tributaria exige que toda contribución, incluyendo sus elementos esenciales, como son sujeto, objeto, procedimiento para el cálculo de la base, tasa o tarifa, forma y época de pago, deban establecerse en una ley emanada de la respectiva Legislatura. En ese aspecto, el aludido artículo 52, fracción III, viola tal principio, porque no obstante señalar que el derecho por la obtención de licencia, permiso o autorización para la venta y consumo de bebidas alcohólicas de baja graduación en restaurante, se pagará conforme a una tarifa de $4,963.00 a $9,385.00, no establece procedimiento alguno que genere certidumbre para determinarla, pues al preverla únicamente entre un mínimo y un máximo, no podría cuantificarse monetariamente por la autoridad o por el contribuyente el monto a pagar por la actividad desplegada, que sólo puede fijarse en ley.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2000773

Clave: III.3o.A.1 A (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012; Tomo 2; Pág. 1862

Precedentes

Amparo en revisión 512/2011. María Bernardet Flores Nájar. Unanimidad de votos. 19 de enero de 2012. Ponente: Hugo Gómez Ávila. Secretario: José Luis Vázquez López.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo III.3o.A.1 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo III.3o.A.1 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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