Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Si la parte recurrente presenta un escrito de desistimiento del recurso de queja, el cual es ratificado, pero previamente se actualiza una causa de mayor trascendencia que tiene por efecto dejar sin materia dicho recurso, como es el haber sido dictado el auto por el que causó estado la resolución en la que se decretó el sobreseimiento en el juicio del que aquél deriva, no basta que simplemente con posterioridad el recurrente desista del recurso, pues de ser tomado en cuenta este último implicaría dejar subsistente el auto recurrido en queja, lo que jurídicamente es insostenible, en virtud del sobreseimiento decretado en el juicio de amparo de origen, que es el que debe prevalecer para declarar la queja sin materia.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2000878
Clave: VI.1o.A.13 K (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012; Tomo 2; Pág. 2095
Queja 1/2012. Constructora y Urbanizadora Angelópolis, S.A. de C.V. 29 de febrero de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Higuera Corona. Secretaria: María Luisa Aceves Herrera.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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