FISCALES

Artículo 1a. CX/2012 (10a.). PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, QUE PREVÉ EL SISTEMA PARA DAR A CONOCER LAS ACTUACIONES ORIGINADAS CON MOTIVO DE UNA SOLICITUD, ESCRITO O COMUNICACIÓN QUE PRESENTEN VARIOS INTERESADOS, NO VIOLA LA GARANTÍA DE AUDIENCIA.

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladadécima-Épocaconstitucional,-administrativa

Texto Legal

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, QUE PREVÉ EL SISTEMA PARA DAR A CONOCER LAS ACTUACIONES ORIGINADAS CON MOTIVO DE UNA SOLICITUD, ESCRITO O COMUNICACIÓN QUE PRESENTEN VARIOS INTERESADOS, NO VIOLA LA GARANTÍA DE AUDIENCIA.

El artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contiene la garantía de audiencia referida al debido proceso legal que deben seguir las autoridades antes de realizar un acto privativo que afecte a los gobernados. En ese sentido, el artículo 20 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que prevé la posibilidad de dar a conocer las actuaciones originadas con motivo de una solicitud, escrito o comunicación que presenten varios interesados en el procedimiento, no viola la indicada garantía constitucional, pues establece con quién debe entenderse la notificación de las actuaciones que den lugar a dichos ocursos, esto es, si no se designa representante común o a un interesado en particular para esos efectos, entonces debe realizarse con el nombrado en primer término, con lo que la autoridad queda en aptitud de hacer la diligencia y cumplir con las formalidades esenciales del procedimiento antes del acto privativo, lo que permite a los interesados efectuar una adecuada defensa.

---

Registro digital (IUS): 2001018

Clave: 1a. CX/2012 (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro IX, Junio de 2012; Tomo 1; Pág. 266

Precedentes

Amparo en revisión 780/2011. Francisco Contreras Meza. 1o. de febrero de 2012. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretaria: Ana Elena Torres Garibay.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1a. CX/2012 (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1a. CX/2012 (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 1a. CX/2012 (10a.) del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 1a. CX/2012 (10a.) FISCALES desde tu celular