FISCALES

Artículo 2a. LI/2012 (10a.). CADUCIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS TENDENTES AL CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO. NO PROCEDE CONFORME AL ARTÍCULO 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS VIGENTE A PARTIR DEL 4 DE OCTUBRE DE 2011.

Tesis aislada · Décima Época · Segunda Sala

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Texto Legal

CADUCIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS TENDENTES AL CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO. NO PROCEDE CONFORME AL ARTÍCULO 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS VIGENTE A PARTIR DEL 4 DE OCTUBRE DE 2011.

La inactividad procesal o la falta de promoción de parte interesada en los procedimientos tendientes al cumplimiento de las sentencias de amparo, conforme al anterior tercer párrafo de la fracción XVI del artículo 107 de la Constitución, producía la caducidad de la instancia; sin embargo a partir de la reforma efectuada al citado precepto publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2011, ese párrafo fue suprimido y a su vez se adicionó el texto que dice: "No podrá archivarse juicio de amparo alguno, sin que se haya cumplido la sentencia que concedió la protección constitucional". Conforme a tales reformas el ordenamiento entró en vigor a partir del 4 de octubre de 2011, y será aplicable incluso a los juicios de amparo iniciados con anterioridad acorde a lo establecido en el artículo tercero transitorio. Por tanto, atendiendo al actual marco constitucional en materia de cumplimiento de las sentencias de amparo, la jurisprudencia P./J. 104/2009, de rubro: "CADUCIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS TENDENTES AL CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO, PARA QUE OPERE DEBE ACTUALIZARSE LA INACTIVIDAD PROCESAL Y LA FALTA DE PROMOCIÓN DE PARTE INTERESADA.", resulta inaplicable al obedecer a una interpretación del texto constitucional anterior.

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Registro digital (IUS): 2001076

Clave: 2a. LI/2012 (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro X, Julio de 2012; Tomo 2; Pág. 1256

Precedentes

Queja 35/2012. Poblados de San Pablo Oztotepec y San Pedro Atocpan. 9 de mayo de 2012. Unanimidad de cuatro votos; votó con salvedad Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: José Álvaro Vargas Ornelas.Nota: La tesis de jurisprudencia P./J. 104/2009 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, agosto de 2009, página 5.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2a. LI/2012 (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2a. LI/2012 (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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