FISCALES

Artículo I.7o.A.5 K (10a.). CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE AMPARO. DICHA FIGURA FUE ELIMINADA CON MOTIVO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA REFORMA AL ARTÍCULO 107, FRACCIÓN XVI, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 6 DE JUNIO DE 2011.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladadécima-Épocacomún

Texto Legal

CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE AMPARO. DICHA FIGURA FUE ELIMINADA CON MOTIVO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA REFORMA AL ARTÍCULO 107, FRACCIÓN XVI, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 6 DE JUNIO DE 2011.

El artículo tercero transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 94, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2011, establece que los juicios de amparo iniciados con anterioridad a su entrada en vigor continuarán tramitándose hasta la resolución final con las disposiciones aplicables vigentes a su inicio salvo, entre otras cuestiones, por lo que se refiere al cumplimiento y ejecución de sentencias. Consecuentemente, como el artículo 107, fracción XVI, constitucional reformado se refiere precisamente a dicho tema, resulta aplicable a los juicios de amparo en trámite iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del mencionado decreto, por lo que si el legislador estableció en el último párrafo de dicha porción normativa que no podrá archivarse juicio de amparo alguno, sin que se haya cumplido la sentencia que concedió la protección constitucional, debe considerarse que fue eliminada la figura de la caducidad del procedimiento de ejecución de sentencia, por inactividad procesal o por falta de promoción de parte interesada, como lo preveía la fracción XVI del citado precepto 107 antes de su reforma.SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2001077

Clave: I.7o.A.5 K (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro X, Julio de 2012; Tomo 3; Pág. 1790

Precedentes

Queja 119/2011. Consorcio Aeroméxico, S.A.B., de C.V. (ahora Gestión Profesional de Cartera, S. de R.L. de C.V.). 22 de marzo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Adela Domínguez Salazar. Secretaria: Martha Izalia Miranda Arbona.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.7o.A.5 K (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.7o.A.5 K (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. I.7o.A.5 K (10a.) del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. I.7o.A.5 K (10a.) FISCALES desde tu celular