FISCALES

Artículo XXI.2o.P.A. J/1 (10a.). REVISIÓN FISCAL. LOS TITULARES DE LAS UNIDADES JURÍDICAS DE LAS COMANDANCIAS REGIONALES DE LA POLICÍA FEDERAL PREVENTIVA CARECEN DE LEGITIMACIÓN PROCESAL ACTIVA PARA PROMOVER EL CITADO RECURSO, PORQUE EL REGLAMENTO DE LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 17 DE MAYO DE 2010, NO PREVÉ LA EXISTENCIA DE AQUÉLLAS.

Jurisprudencia · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

REVISIÓN FISCAL. LOS TITULARES DE LAS UNIDADES JURÍDICAS DE LAS COMANDANCIAS REGIONALES DE LA POLICÍA FEDERAL PREVENTIVA CARECEN DE LEGITIMACIÓN PROCESAL ACTIVA PARA PROMOVER EL CITADO RECURSO, PORQUE EL REGLAMENTO DE LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 17 DE MAYO DE 2010, NO PREVÉ LA EXISTENCIA DE AQUÉLLAS.

Por legitimación procesal activa se entiende la potestad legal para acudir al órgano jurisdiccional con la petición de que se inicie la tramitación del juicio o de una instancia y se produce cuando el derecho que se cuestionará es ejercitado por quien tiene aptitud para hacerlo valer. Luego, si conforme al decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de mayo de 2010 se abrogó el Reglamento de la Policía Federal Preventiva, publicado en el referido medio de difusión el 26 de abril de 2000, y entró en vigor el nuevo Reglamento de la Ley de la Policía Federal, que no prevé las unidades jurídicas de las comandancias regionales de la mencionada corporación, se concluye que los titulares de éstas carecen de legitimación procesal activa para promover el recurso de revisión fiscal.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2001181

Clave: XXI.2o.P.A. J/1 (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [J]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro X, Julio de 2012; Tomo 3; Pág. 1676

Precedentes

Revisión fiscal 294/2011. Titular de la Unidad Jurídica de la Comandancia Regional XII Guerrero de la Policía Federal. 26 de enero de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Jacinto Figueroa Salmorán, Juez de Distrito en el cargo de Magistrado de Circuito. Secretario: Luis Rubén Rizo Navarro.Revisión fiscal 288/2011. Titular de la Unidad Jurídica de la Comandancia Regional XII Guerrero de la Policía Federal. 3 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Jacinto Figueroa Salmorán, Juez de Distrito en el cargo de Magistrado de Circuito. Secretario: César Alberto Santana Saldaña.Revisión fiscal 18/2012. Titular de la Unidad Jurídica de la Comandancia Regional XII Guerrero de la Policía Federal. 10 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinosa. Secretario: J. Ascención Goicochea Antúnez.Revisión fiscal 42/2012. Titular de la Unidad Jurídica de la Comandancia Regional XII Guerrero de la Policía Federal. 24 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Jacinto Figueroa Salmorán, Juez de Distrito en el cargo de Magistrado de Circuito. Secretario: César Alberto Santana Saldaña.Revisión fiscal 77/2012. Titular de la Unidad Jurídica de la Comandancia Regional XII Guerrero de la Policía Federal. 24 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinosa. Secretario: Mario Alejandro Nogueda Radilla.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XXI.2o.P.A. J/1 (10a.) del FISCALES?

Jurisprudencia · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XXI.2o.P.A. J/1 (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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