Jurisprudencia · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Cuando obran en autos constancias fehacientes que demuestran la promoción de más de un amparo en la etapa de ejecución de sentencia, por terceros extraños a la controversia de origen, que además se han intentado bajo argumentos similares, sin haberse obtenido resultados favorables para sus promoventes, es inconcuso que todo ello revela una conducta procesal inadecuada por parte de los quejosos e incluso de sus abogados patronos, que justifica plenamente la imposición de la multa máxima prevista en el artículo 81 de la Ley de Amparo, porque su actuar sólo ha tenido la intención de obstaculizar la legal actuación de las autoridades responsables, lo que se traduce en una transgresión a la garantía de impartición de justicia expedita que prevé el artículo 17 constitucional para los ejecutantes, que los tribunales federales deben evitar, porque la ejecución de las sentencias es un aspecto de orden público.SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2001382
Clave: I.7o.C. J/3 (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [J]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 1232
Amparo en revisión 78/2012. Verónica Castillo Escobar. 29 de marzo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretaria: Alicia Ramírez Ricárdez.Amparo en revisión (improcedencia) 95/2012. Berta María Manjón Pendas. 26 de abril de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretaria: Alicia Ramírez Ricárdez.Amparo en revisión 131/2012. María Elena Quintana Landeros. 10 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretaria: Alicia Ramírez Ricárdez.Amparo en revisión (improcedencia) 145/2012. Desarrollo de Vivienda Hábitat, S.A. de C.V. 17 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretaria: María Antonieta Castellanos Morales.Amparo en revisión (improcedencia) 176/2012. 14 de junio de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretaria: María Antonieta Castellanos Morales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. VIII.2o.P.A.9 A (10a.). MULTA POR NO SUMINISTRAR DATOS, INFORMES Y DOCUMENTOS PREVISTA EN EL ARTÍCULO 86, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. SU IMPOSICIÓN NO SE ENCUENTRA SUPEDITADA A LA CONCLUSIÓN DE LA VISITA DOMICILIARIA DONDE FUERON REQUERIDOS.
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