FISCALES

Artículo VI.3o.(II Región) 5 A (10a.). NOTIFICACIONES PERSONALES EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. DEBEN EFECTUARSE POR LISTA CUANDO EL DOMICILIO DESIGNADO POR EL ACTOR SEA INEXISTENTE, ESTÉ DESOCUPADO, SE ENCUENTRE OCUPADO POR PERSONAS AJENAS A ÉL O HAYA CAMBIADO DE RESIDENCIA SIN AVISAR A LA SALA, POR SU ANALOGÍA A LA HIPÓTESIS EN QUE OMITE SEÑALARLO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

NOTIFICACIONES PERSONALES EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. DEBEN EFECTUARSE POR LISTA CUANDO EL DOMICILIO DESIGNADO POR EL ACTOR SEA INEXISTENTE, ESTÉ DESOCUPADO, SE ENCUENTRE OCUPADO POR PERSONAS AJENAS A ÉL O HAYA CAMBIADO DE RESIDENCIA SIN AVISAR A LA SALA, POR SU ANALOGÍA A LA HIPÓTESIS EN QUE OMITE SEÑALARLO.

De la interpretación del artículo 67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo se colige que cuando el actor no designa domicilio para recibir notificaciones personales en el juicio contencioso administrativo, éstas deben efectuarse por lista (a través de boletín electrónico o documento impreso que se colocará en un lugar accesible de la Sala). Así, tal medio también debe aplicarse, analógicamente, cuando el domicilio sea inexistente, esté desocupado, se encuentre ocupado por personas ajenas al interesado o éste haya cambiado de residencia sin avisar a la Sala, ya que estos casos se sustentan en la misma razón de aquella hipótesis.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA SEGUNDA REGIÓN.

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Registro digital (IUS): 2001387

Clave: VI.3o.(II Región) 5 A (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 1840

Precedentes

Amparo en revisión 466/2012. Fine Tube and Technology, S.A. de C.V. 24 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Moya Flores. Secretario: Guadalupe González Vargas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VI.3o.(II Región) 5 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo VI.3o.(II Región) 5 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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