FISCALES

Artículo X.A.T.3 K (10a.). SUSPENSIÓN EN EL AMPARO. PARA SU EFECTIVIDAD, CUANDO SE PIDA CONTRA LA IMPOSICIÓN DE UNA MULTA NO FISCAL A UNA PERSONA FÍSICA QUE REPRESENTE A UNA MORAL OFICIAL, AQUÉLLA DEBERÁ EXHIBIR LAS GARANTÍAS EXIGIDAS POR LA LEY DE LA MATERIA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

SUSPENSIÓN EN EL AMPARO. PARA SU EFECTIVIDAD, CUANDO SE PIDA CONTRA LA IMPOSICIÓN DE UNA MULTA NO FISCAL A UNA PERSONA FÍSICA QUE REPRESENTE A UNA MORAL OFICIAL, AQUÉLLA DEBERÁ EXHIBIR LAS GARANTÍAS EXIGIDAS POR LA LEY DE LA MATERIA.

De conformidad con el artículo 9o., párrafo segundo, de la Ley de Amparo, las personas morales oficiales están exentas de exhibir las garantías que la ley exige a las partes. Por su parte, de los preceptos 124, 125, párrafo primero y 139 de la citada ley, se advierte que para la suspensión que en su caso proceda contra el cobro de multas administrativas no fiscales, debe otorgarse garantía bastante para reparar el daño e indemnizar los perjuicios que con la suspensión se causaren a algún tercero. Consecuentemente, cuando se pida la medida cautelar contra la imposición de una multa de esa naturaleza a una persona física que represente a una moral oficial, aquélla deberá exhibir las garantías exigidas por la ley de la materia para su efectividad, en virtud de que el importe de la sanción lo cubrirá con su propio peculio y no con el presupuesto asignado al órgano de gobierno al que pertenece.TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2001516

Clave: X.A.T.3 K (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 2003

Precedentes

Queja 28/2012. Presidente Municipal del Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Centro, Tabasco. 3 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Benjamín Gordillo Cañas, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Roberto Emilio Rosas Godoy.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo X.A.T.3 K (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo X.A.T.3 K (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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