FISCALES

Artículo 2a./J. 86/2012 (10a.). ORDEN DE VERIFICACIÓN EN MATERIA ADUANERA. PARA SU DEBIDA FUNDAMENTACIÓN ES INNECESARIA LA CITA DEL ARTÍCULO 150 DE LA LEY RELATIVA.

Jurisprudencia · Décima Época · Segunda Sala

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Texto Legal

ORDEN DE VERIFICACIÓN EN MATERIA ADUANERA. PARA SU DEBIDA FUNDAMENTACIÓN ES INNECESARIA LA CITA DEL ARTÍCULO 150 DE LA LEY RELATIVA.

Del artículo 42, fracciones V y VI, del Código Fiscal de la Federación, se advierte que la orden de visita domiciliaria para comprobar la legal estancia de mercancías de comercio exterior, así como la de verificación de mercancías en tránsito, constituyen facultades de comprobación de la autoridad fiscal y, como todo acto de molestia, deben satisfacer el requisito de fundamentación conforme al artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ahora bien, el artículo 150 de la Ley Aduanera establece los requisitos y formalidades que debe seguir la autoridad fiscal para iniciar el procedimiento administrativo en materia aduanera cuando embargue precautoriamente mercancías en los términos previstos por la ley; de ahí que para una debida fundamentación sea innecesaria la cita de este precepto en la orden de verificación, ya que el embargo es un acto posterior al ejercicio de las facultades de comprobación de la autoridad fiscal, del que no se tiene la certeza de que se realizará al emitir la orden de verificación que se llevará a cabo.

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Registro digital (IUS): 2001704

Clave: 2a./J. 86/2012 (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Segunda Sala

Localización: [J]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012; Tomo 2; Pág. 864

Precedentes

Contradicción de tesis 165/2012. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Cuarto, Primero y Segundo, todos en Materia Administrativa del Tercer Circuito. 4 de julio de 2012. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Cecilia Armengol Alonso.Tesis de jurisprudencia 86/2012 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del once de julio de dos mil doce.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2a./J. 86/2012 (10a.) del FISCALES?

Jurisprudencia · Décima Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2a./J. 86/2012 (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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