FISCALES

Artículo I.4o.A.26 A (10a.). ARRENDAMIENTO FINANCIERO. NO SE SATISFACE LA OBLIGACIÓN PREVISTA EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 15 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, CONSISTENTE EN CONSIGNAR EN EL CONTRATO RELATIVO EL VALOR DEL BIEN OBJETO DE LA OPERACIÓN, CUANDO EL CONTRIBUYENTE LO OBTIENE DE LA SUMA DE LAS RENTAS PACTADAS.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladadécima-Épocaadministrativa

Texto Legal

ARRENDAMIENTO FINANCIERO. NO SE SATISFACE LA OBLIGACIÓN PREVISTA EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 15 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, CONSISTENTE EN CONSIGNAR EN EL CONTRATO RELATIVO EL VALOR DEL BIEN OBJETO DE LA OPERACIÓN, CUANDO EL CONTRIBUYENTE LO OBTIENE DE LA SUMA DE LAS RENTAS PACTADAS.

El artículo 15 del Código Fiscal de la Federación contiene en su primer párrafo el concepto de arrendamiento financiero para efectos fiscales (naturaleza y finalidad) y, en el segundo, prevé las formalidades que debe contener el contrato respectivo, que son: celebrarse por escrito, consignar expresamente el valor del bien objeto de la operación y la tasa de interés pactada o su mecánica para determinarla. Por ello, no se satisface la obligación consistente en consignar en el contrato de arrendamiento financiero el valor del bien objeto de la operación cuando el contribuyente lo obtiene de la suma de las rentas pactadas, pues no es lo que exige la norma, además de que el fin que subyace a dicha obligación, es que ese valor sea la base sobre la que se aplicarán los porcentajes de depreciación que corresponda, según el bien de que se trate, en términos del artículo 44 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2002454

Clave: I.4o.A.26 A (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVI, Enero de 2013; Tomo 3; Pág. 1928

Precedentes

Amparo directo 565/2011. Candies Mexican Investments, S. de R.L. de C.V. 28 junio de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretario: Marco Antonio Pérez Meza.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.4o.A.26 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.4o.A.26 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. I.4o.A.26 A (10a.) del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. I.4o.A.26 A (10a.) FISCALES desde tu celular