FISCALES

Artículo V.2o.P.A.3 K (10a.). COMPETENCIA POR TERRITORIO PARA CONOCER DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA UNA LEY HETEROAPLICATIVA. SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO QUE EJERZA JURISDICCIÓN EN EL LUGAR DE RESIDENCIA DE LA AUTORIDAD QUE LA APLICÓ, NO OBSTANTE QUE NO HAYA SIDO SEÑALADA COMO RESPONSABLE.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

COMPETENCIA POR TERRITORIO PARA CONOCER DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA UNA LEY HETEROAPLICATIVA. SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO QUE EJERZA JURISDICCIÓN EN EL LUGAR DE RESIDENCIA DE LA AUTORIDAD QUE LA APLICÓ, NO OBSTANTE QUE NO HAYA SIDO SEÑALADA COMO RESPONSABLE.

El artículo 36 de la Ley de Amparo establece las reglas que deben observarse para determinar la competencia territorial de los Jueces de Distrito, una de las cuales, según su párrafo primero, establece que si el acto reclamado es susceptible de ejecución, será competente el Juez que ejerza jurisdicción en el lugar donde aquél deba tener ejecución, trate de ejecutarse, se ejecute o se haya ejecutado. Sin embargo, ni el citado dispositivo ni algún otro aplicable al caso, disponen que las reglas para determinar la indicada competencia territorial, aplicarán siempre y cuando la autoridad involucrada en algún grado de ejecución del acto impugnado, hubiera sido señalada como responsable en el juicio de amparo. Consecuentemente, si se impugna la constitucionalidad de una ley heteroaplicativa, esto es, con motivo de su primer acto de aplicación, es competente para conocer del juicio de amparo que se promueva en su contra, por razón de territorio, el Juez que ejerza jurisdicción en el lugar de residencia de la autoridad que aplicó dicha norma, no obstante que aquélla no hubiera sido señalada como responsable, pues de otra manera, se dejaría al arbitrio del quejoso la determinación de la competencia, por el solo hecho de no señalar como autoridad responsable a aquella que aplicó la ley.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL QUINTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2003246

Clave: V.2o.P.A.3 K (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIX, Abril de 2013; Tomo 3; Pág. 2054

Precedentes

Competencia 61/2012. Suscitada entre el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Sonora y el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales y Hermosillo, respectivamente. 10 de diciembre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Evaristo Coria Martínez. Secretario: Rolando Fimbres Molina.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo V.2o.P.A.3 K (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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