FISCALES

Artículo I.8o.A.66 A (10a.). PENSIONES POR JUBILACIÓN A CARGO DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. COMPETE A UN JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA CONOCER DE LAS CONTROVERSIAS DERIVADAS DEL DERECHO DE PETICIÓN EJERCIDO POR TRABAJADORES EN ACTIVO, A FIN DE OBTENER INFORMACIÓN PARA DECIDIR SOBRE AQUÉLLAS.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladadécima-Épocaadministrativa

Texto Legal

PENSIONES POR JUBILACIÓN A CARGO DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. COMPETE A UN JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA CONOCER DE LAS CONTROVERSIAS DERIVADAS DEL DERECHO DE PETICIÓN EJERCIDO POR TRABAJADORES EN ACTIVO, A FIN DE OBTENER INFORMACIÓN PARA DECIDIR SOBRE AQUÉLLAS.

Si se considera que las cuestiones vinculadas con pensiones por jubilación a cargo del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado son propias de la materia administrativa, por tratarse de la relación que se establece entre la administración pública y el gobernado cuando éste concluyó su relación laboral, también deben considerarse así las controversias derivadas del derecho de petición ejercido por trabajadores en activo, a fin de obtener información para decidir sobre su jubilación, pues el resultado de aquéllas incidirá sobre la situación de éstos frente al régimen pensionario. Por tanto, compete conocer de aquéllas a un Juez de Distrito en la materia señalada.OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2004043

Clave: I.8o.A.66 A (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXII, Julio de 2013; Tomo 2; Pág. 1520

Precedentes

Competencia 6/2013. Suscitada entre el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa y el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo, ambos en el Distrito Federal. 15 de mayo de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretario: Víctor Aguirre Montoya.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.8o.A.66 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.8o.A.66 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. I.8o.A.66 A (10a.) del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. I.8o.A.66 A (10a.) FISCALES desde tu celular