FISCALES

Artículo 1a. XVIII/96. COMPETENCIA DE LAS SALAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION, AMPARO DIRECTO EN REVISION. SE SURTE CUANDO SE PLANTEA LA INTERPRETACION DIRECTA DE UN PRECEPTO DE LA CONSTITUCION FEDERAL EN RELACION CON REGLAMENTOS FEDERALES O LOCALES.

Tesis aislada · Novena Época · Primera Sala

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Texto Legal

COMPETENCIA DE LAS SALAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION, AMPARO DIRECTO EN REVISION. SE SURTE CUANDO SE PLANTEA LA INTERPRETACION DIRECTA DE UN PRECEPTO DE LA CONSTITUCION FEDERAL EN RELACION CON REGLAMENTOS FEDERALES O LOCALES.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 21, fracción III, inciso a) de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintiséis de marzo de mil novecientos noventa y cinco, para que se actualice la competencia de las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tratándose de interpretación directa de preceptos constitucionales, se requiere que dicha interpretación se haya planteado en relación con reglamentos federales o locales, o se hubiera omitido decidir respecto de los conceptos de violación al efecto formulados. Por tanto, si la interpretación se plantea en relación, no con esas materias, sino con una ley federal o local, las Salas carecen de competencia para conocer del amparo directo en revisión respectivo, puesto que corresponde al Tribunal Pleno su conocimiento en términos del artículo 10, fracción III, de la mencionada Ley Orgánica.

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Registro digital (IUS): 200408

Clave: 1a. XVIII/96

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Julio de 1996; Pág. 143

Precedentes

Amparo directo en revisión 561/96. Proyectos y Programas, S.A. y otras. 21 de mayo de 1998. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juventino V. Castro y Castro. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Marco Antonio Rodríguez Barajas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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Tesis aislada · Novena Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1a. XVIII/96 de la J. Fiscales SCJN?

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