FISCALES

Artículo 1a. III/2014 (10a.). REVISIÓN ADMINISTRATIVA. ES IMPROCEDENTE ESE RECURSO CONTRA LA RESPUESTA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL A LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN, VARIACIÓN O REVISIÓN DE LA CALIFICACIÓN DEL CUESTIONARIO OBTENIDA EN MEDIOS ELECTRÓNICOS CORRESPONDIENTE A LA PRIMERA ETAPA DE UN CONCURSO DE OPOSICIÓN PARA ACCEDER AL CARGO DE JUEZ DE DISTRITO O MAGISTRADO DE CIRCUITO.

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

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Texto Legal

REVISIÓN ADMINISTRATIVA. ES IMPROCEDENTE ESE RECURSO CONTRA LA RESPUESTA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL A LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN, VARIACIÓN O REVISIÓN DE LA CALIFICACIÓN DEL CUESTIONARIO OBTENIDA EN MEDIOS ELECTRÓNICOS CORRESPONDIENTE A LA PRIMERA ETAPA DE UN CONCURSO DE OPOSICIÓN PARA ACCEDER AL CARGO DE JUEZ DE DISTRITO O MAGISTRADO DE CIRCUITO.

Del artículo 100, párrafo noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 105, 108, 112 a 114, 122 y 123, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, relativos a la carrera judicial y al recurso de revisión administrativa, deriva que la respuesta del Consejo de la Judicatura Federal a la solicitud de modificación, variación o revisión de la calificación del cuestionario obtenida en medios electrónicos correspondiente a la primera etapa del concurso de oposición para acceder al cargo de juez de distrito o magistrado de circuito de que se trate, no se encuentra prevista expresamente como hipótesis de procedencia del recurso citado. Por tanto, si el acto controvertido destacado en dicho medio de impugnación no es la lista de aspirantes que pasan a la siguiente etapa del concurso de que se trate, sino la respuesta en mención, procede desechar el recurso de revisión interpuesto en su contra por notoriamente improcedente.

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Registro digital (IUS): 2005408

Clave: 1a. III/2014 (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 2, Enero de 2014; Tomo II; Pág. 1120

Precedentes

Revisión administrativa 71/2013. 28 de agosto de 2013. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Octavio Joel Flores Díaz.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1a. III/2014 (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1a. III/2014 (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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