FISCALES

Artículo III.4o.T.4 K (10a.). PRUEBAS EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. DEBEN ADMITIRSE SI EL QUEJOSO NO LAS PUDO OFRECER ANTE LA AUTORIDAD RESPONSABLE PORQUE LA LEY QUE RIGE EL ACTO RECLAMADO NO PREVÉ ESA POSIBILIDAD (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013).

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PRUEBAS EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. DEBEN ADMITIRSE SI EL QUEJOSO NO LAS PUDO OFRECER ANTE LA AUTORIDAD RESPONSABLE PORQUE LA LEY QUE RIGE EL ACTO RECLAMADO NO PREVÉ ESA POSIBILIDAD (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013).

De acuerdo con el segundo párrafo del artículo 75 de la Ley de Amparo vigente, el quejoso puede ofrecer pruebas en el juicio de amparo indirecto cuando no hubiere tenido oportunidad de hacerlo ante la autoridad responsable. Ahora bien, dicho precepto no limita al quejoso bajo una hipótesis especial que justifique que no pudo presentar sus pruebas; por tanto, si no tuvo oportunidad porque no lo prevé la legislación que regula el procedimiento del cual emana el acto reclamado, como es el caso de la incompetencia legal de la autoridad laboral en el procedimiento de huelga, en el que si la Junta observa que el asunto no es de su competencia, hará la declaratoria correspondiente, sin prever la participación de las partes; entonces se justifica que al quejoso se le admitan sus pruebas en el juicio de amparo indirecto, porque no pudo hacerlo ante la autoridad responsable.CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2006067

Clave: III.4o.T.4 K (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 4, Marzo de 2014; Tomo II; Pág. 1907

Precedentes

Amparo en revisión 149/2013. Sindicato de Empleados y Agentes de Ventas de Industrias ubicadas en el Estado de Jalisco. 24 de octubre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Ernesto Pérez Hurtado. Secretaria: Nancy Ortiz Chavarría.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo III.4o.T.4 K (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo III.4o.T.4 K (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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