Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Las reglas I.6.2.5., segundo párrafo y I.6.2.7., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2010, establecen, respectivamente, el régimen especial de los contribuyentes que habitualmente realicen la actividad de juegos con apuestas y sorteos a través de una agencia y la regulación de los proveedores de servicio autorizados por el Servicio de Administración Tributaria. Por tanto, para reclamar en amparo la constitucionalidad de dichas disposiciones, el contribuyente debe acreditar que presta sus servicios a través de una agencia o que es un "proveedor de servicio autorizado", pues, de lo contrario, debe sobreseerse en el juicio.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.
---
Registro digital (IUS): 2007181
Clave: II.3o.A.139 A (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1836
Amparo en revisión 59/2011. Grupo Océano Haman, S.A. de C.V. 21 de junio de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Emmanuel G. Rosales Guerrero. Secretaria: Claudia Rodríguez Villaverde.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. II.3o.A.140 A (10a.). JUEGOS CON APUESTAS Y SORTEOS. LA REGLA I.6.2.8. DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2010, QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR EL AVISO POR FALLAS EN LOS SISTEMAS DE CÓMPUTO QUE DEBEN LLEVAR LOS CONTRIBUYENTES QUE HABITUALMENTE REALICEN DICHA ACTIVIDAD, ES HETEROAPLICATIVA.
Siguiente
Art. XXVII.3o.29 K (10a.). JURISPRUDENCIA POR REITERACIÓN. LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR UN TRIBUNAL DE NATURALEZA AUXILIAR INCORPORADO A UN CIRCUITO JUDICIAL SON SUSCEPTIBLES DE INTEGRARLA SIEMPRE QUE SE HAYAN PRONUNCIADO BAJO LA VIGENCIA DE LA NUEVA LEY DE AMPARO.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo