FISCALES

Artículo XI.2o.A.T.3 A (10a.). REVISIÓN FISCAL. EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA LA INTERPOSICIÓN DE DICHO RECURSO SE RIGE POR LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y NO POR LA LEY DE AMPARO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

REVISIÓN FISCAL. EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA LA INTERPOSICIÓN DE DICHO RECURSO SE RIGE POR LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y NO POR LA LEY DE AMPARO.

Si bien es cierto que los artículos 104, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo disponen que la tramitación del recurso de revisión fiscal debe sujetarse a la regulación de la revisión en amparo indirecto, también lo es que esa prescripción no aplica respecto del plazo o formalidades para su interposición, sino sólo implica que, una vez presentado el recurso, su trámite debe ajustarse a dichas reglas. Consecuentemente, el cómputo del plazo para interponer el recurso de revisión fiscal se rige por la ley mencionada y no por la de amparo, por lo cual, para esos efectos, deben descontarse los días inhábiles aplicables al juicio contencioso administrativo y los periodos vacacionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, no así los días inhábiles que marca la Ley de Amparo y los periodos de asueto del Poder Judicial de la Federación.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2007213

Clave: XI.2o.A.T.3 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1947

Precedentes

Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 5/2014. Administrador Local Jurídico de Morelia. 16 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Gildardo Galinzoga Esparza. Secretario: Serafín Mora Castro.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XI.2o.A.T.3 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XI.2o.A.T.3 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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