FISCALES

Artículo I.8o.A.83 A (10a.). LITIS ABIERTA. ESTE PRINCIPIO PERMITE AL ACTOR EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL FORMULAR CONCEPTOS DE NULIDAD SOBRE ASPECTOS QUE NO HIZO VALER EN EL PROCEDIMIENTO DEL QUE DERIVÓ LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA E, INCLUSO, PARA EVIDENCIAR LAS VIOLACIONES COMETIDAS EN SU PERJUICIO DURANTE LA TRAMITACIÓN DE ÉSTE, LOS CUALES DEBEN ESTUDIARSE POR EL TRIBUNAL DE LA MATERIA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

LITIS ABIERTA. ESTE PRINCIPIO PERMITE AL ACTOR EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL FORMULAR CONCEPTOS DE NULIDAD SOBRE ASPECTOS QUE NO HIZO VALER EN EL PROCEDIMIENTO DEL QUE DERIVÓ LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA E, INCLUSO, PARA EVIDENCIAR LAS VIOLACIONES COMETIDAS EN SU PERJUICIO DURANTE LA TRAMITACIÓN DE ÉSTE, LOS CUALES DEBEN ESTUDIARSE POR EL TRIBUNAL DE LA MATERIA.

El principio de litis abierta previsto en el artículo 1o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo no contiene limitante ni condición alguna para el actor en el juicio contencioso administrativo federal, razón por la cual, éste, al impugnar una resolución, está facultado para formular conceptos de nulidad sobre aspectos que no hizo valer en el procedimiento del que aquélla derivó e, incluso, externar argumentos para evidenciar las violaciones cometidas en su perjuicio durante la tramitación de éste, pues el principio mencionado permite al gobernado una defensa extendida, por lo cual, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa está obligado a estudiar dichos planteamientos.OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2007960

Clave: I.8o.A.83 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 12, Noviembre de 2014; Tomo IV; Pág. 3000

Precedentes

Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 275/2014. Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública. 12 de septiembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Gabriela Rolón Montaño. Secretaria: Jeny Jahaira Santana Albor.Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa jurisprudencial 2a./J. 73/2013 (10a.), de rubro: "JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EL PRINCIPIO DE LITIS ABIERTA QUE LO RIGE, NO IMPLICA PARA EL ACTOR UNA NUEVA OPORTUNIDAD DE OFRECER LAS PRUEBAS QUE, CONFORME A LA LEY, DEBIÓ EXHIBIR EN EL PROCEDIMIENTO DE ORIGEN O EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO PROCEDENTE, ESTANDO EN POSIBILIDAD LEGAL DE HACERLO [MODIFICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 69/2001 (*)].", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XXII, Tomo 1, julio de 2013, página 917.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.8o.A.83 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.8o.A.83 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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