Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Acorde con los artículos 107, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5o., fracción I, 6o. y 61, fracción XII, de la Ley de Amparo vigente, la afectación a la esfera jurídica del quejoso por el acto reclamado, es un requisito general para la procedencia del juicio de amparo; de ahí que su cumplimiento debe verificarse también tratándose de personas extrañas y, por lo mismo, en este supuesto, el análisis tendente a establecer si el acto impugnado ocasiona la afectación de que se trata, permite involucrar aspectos de fondo en el examen de las causales de improcedencia.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.
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Registro digital (IUS): 2008672
Clave: I.1o.A.E.24 K (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 16, Marzo de 2015; Tomo III
; Pág. 2332
Amparo en revisión 50/2014. Cablemás Telecomunicaciones, Cable y Comunicaciones de Campeche y Alvafig, todas S.A. de C.V. 6 de noviembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Rosa Elena González Tirado. Secretaria: María Eugenia Martínez Carrillo.Amparo en revisión 51/2014. Corporación Novavisión y Corporación de Radio y Televisión del Norte de México, ambas S. de R.L. de C.V. 13 de noviembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Rosa Elena González Tirado. Secretaria: María Isabel Pech Ramírez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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