FISCALES

Artículo I.1o.A.E.22 A (10a.). PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PRINCIPALES E INCIDENTALES. LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS QUE PUEDAN PRODUCIR SUS RESOLUCIONES, SON EL FACTOR DETERMINANTE PARA ESTABLECER EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN PERTINENTE EN SU CONTRA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PRINCIPALES E INCIDENTALES. LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS QUE PUEDAN PRODUCIR SUS RESOLUCIONES, SON EL FACTOR DETERMINANTE PARA ESTABLECER EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN PERTINENTE EN SU CONTRA.

Dentro de la secuela de cada procedimiento administrativo principal pueden darse o incrustarse, a su vez, otros de índole parcial, auxiliar y complementaria. Así, existen varias clases de procedimientos, cuya denominación y estructura dependen de la naturaleza y contenido del acto terminal, a saber: i) complejos o principales; y, ii) modulares, intermedios, incidentales o accidentales. Como ocurre con los principales, los procedimientos incidentales pueden concluir con una resolución terminal y ser impugnados, por cuerda separada, aunque continúe el trámite de aquéllos, pero las decisiones adoptadas en éstos son terminales sólo en cuanto al tema o cuestión relativa a la incidencia y no al procedimiento básico que es su antecedente u origen, en tanto que las de uno y otro causan afectaciones y agravios distintos y autónomos, conforme a lo cual deben darse las respuestas y soluciones respectivas. Por tanto, los efectos y consecuencias que puedan producir esas determinaciones -ya sean intraprocesales o terminales- son el factor determinante para establecer el medio de impugnación pertinente en su contra.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.

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Registro digital (IUS): 2008696

Clave: I.1o.A.E.22 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 16, Marzo de 2015; Tomo III
; Pág. 2455

Precedentes

Queja 43/2014. Zucarmex, S.A. de C.V. 21 de agosto de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretaria: Aideé Pineda Núñez.Queja 61/2014. Juan Enrique Barba Martín. 6 de noviembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretaria: Aideé Pineda Núñez.Nota: Sobre el tema tratado en esta tesis, el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en el Distrito Federal y jurisdicción en toda la República emitió la jurisprudencia I.1o.A.E. J/1 (10a.), publicada el viernes 1 de abril de 2016, a las 10:01 horas en el Semanario Judicial de la Federación y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 29, Tomo III, abril de 2016, página 1905, de título y subtítulo: "PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PRINCIPALES E INCIDENTALES. LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS QUE PUEDAN PRODUCIR SUS RESOLUCIONES, SON EL FACTOR DETERMINANTE PARA ESTABLECER EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN PERTINENTE EN SU CONTRA."

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.1o.A.E.22 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.1o.A.E.22 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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