FISCALES

Artículo I.15o.A.14 A (10a.). VERIFICACIÓN VEHICULAR OBLIGATORIA EN EL DISTRITO FEDERAL. PROCEDE CONCEDER LA SUSPENSIÓN EN EL AMPARO CONTRA EL NUMERAL 7.4.1. DE LOS PROGRAMAS RELATIVOS PARA EL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2014 Y PRIMERO DEL 2015, PARA QUE SE PERMITA AL VEHÍCULO DEL QUEJOSO ACCEDER AL HOLOGRAMA "0", SIEMPRE QUE ACREDITE QUE AQUÉL CUMPLE CON LOS NIVELES DE EMISIÓN DE CONTAMINANTES PARA OBTENERLO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

VERIFICACIÓN VEHICULAR OBLIGATORIA EN EL DISTRITO FEDERAL. PROCEDE CONCEDER LA SUSPENSIÓN EN EL AMPARO CONTRA EL NUMERAL 7.4.1. DE LOS PROGRAMAS RELATIVOS PARA EL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2014 Y PRIMERO DEL 2015, PARA QUE SE PERMITA AL VEHÍCULO DEL QUEJOSO ACCEDER AL HOLOGRAMA "0", SIEMPRE QUE ACREDITE QUE AQUÉL CUMPLE CON LOS NIVELES DE EMISIÓN DE CONTAMINANTES PARA OBTENERLO.

Los programas mencionados persiguen una finalidad legítima, al buscar prevenir, controlar y reducir las emisiones de contaminantes provenientes de fuentes móviles que circulan en la ciudad, así como asegurar una calidad del aire satisfactoria para la salud y el bienestar de la población; sin embargo, esas razones son insuficientes para determinar que el modelo del automóvil sea un elemento que demuestre en términos absolutos y justifique preliminarmente la restricción de circular todos los días. Por lo anterior, procede conceder la suspensión en el amparo contra los dispositivos señalados, para que se permita al vehículo del quejoso acceder a la constancia de verificación vehicular u holograma "0", siempre que acredite con el certificado de verificación correspondiente, que aquél cumple con los niveles de emisión de contaminantes para obtenerlo; esto es, que se encuentre por debajo de los autorizados, salvaguardándose el objeto de la norma, sin que con ello se contravengan disposiciones de orden público e interés social, dado que en nada afecta si se permite la circulación de un vehículo sin restricción, si cumple con la normativa aludida.DÉCIMO QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2009278

Clave: I.15o.A.14 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 18, Mayo de 2015; Tomo III
; Pág. 2404

Precedentes

Queja 108/2015. Subdirector de Procesos, en suplencia por ausencia del Director Ejecutivo Jurídico y de la titular de la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal. 31 de marzo de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretario: José Hugo Rojas Monroy. Queja 111/2015. Director Ejecutivo de Vigilancia Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal. 7 de abril de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Cuauhtémoc Cárlock Sánchez. Secretario: Mario Antonio Medina González. Incidente de suspensión (revisión) 84/2015. Subdirector de Procesos, en suplencia por ausencia del Director Ejecutivo Jurídico y de la titular de la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal. 8 de abril de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretaria: Sandra Nallely Ruiz Barajas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.15o.A.14 A (10a.) del FISCALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.15o.A.14 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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