Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis de jurisprudencia 2a./J. 100/2007, de rubro: "REVISIÓN FISCAL. LOS DELEGADOS DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y EN LA ZONA METROPOLITANA DEL VALLE DE MÉXICO, CARECEN DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONERLA.", definió que los titulares de las delegaciones mencionadas no cuentan con legitimación para hacer valer el recurso de que se trata; sin embargo, dicho criterio resulta inaplicable para examinar ese presupuesto procesal respecto de los medios de defensa interpuestos a partir del veintisiete de noviembre de dos mil doce, fecha en que entró en vigor el Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales vigente. Lo anterior, pues la conclusión del Alto Tribunal encontró sustento en el examen del reglamento de dicha dependencia en vigor hasta el veintiséis de ese mes y año, así como del acuerdo administrativo del procurador federal de Protección al Ambiente de catorce de junio de dos mil cuatro; disposiciones que fueron abrogadas por la normativa reglamentaria que rige hasta hoy, conforme a cuyo artículo 68, fracción XXXIV, los delegados en las entidades federativas cuentan con legitimación para interponer la revisión fiscal, sin perjuicio de que la facultad relativa esté otorgada también a alguna unidad administrativa central.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2009904
Clave: I.1o.A.116 A (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 22, Septiembre de 2015; Tomo III
; Pág. 2206
Recurso de reclamación 27/2015. Delegado de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en el Estado de Baja California. 25 de junio de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Joel Carranco Zúñiga. Secretario: Paúl Francisco González de la Torre.Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 100/2007 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, junio de 2007, página 337.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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