FISCALES

Artículo VI.2o.P.10 K (10a.). AUTORIDAD RESPONSABLE (JURISDICCIONAL). SI AL RENDIR SU INFORME JUSTIFICADO, INVOCA UNA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA (OBJETA LA DEMANDA DE AMPARO Y PROPONE LA FALSEDAD DE LAS FIRMAS PLASMADAS EN ÉSTA) Y OFRECE PRUEBAS PARA DEMOSTRARLO, ELLO NO IMPLICA QUE ASUMA UNA POSTURA A FAVOR DE LA VÍCTIMA O DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

AUTORIDAD RESPONSABLE (JURISDICCIONAL). SI AL RENDIR SU INFORME JUSTIFICADO, INVOCA UNA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA (OBJETA LA DEMANDA DE AMPARO Y PROPONE LA FALSEDAD DE LAS FIRMAS PLASMADAS EN ÉSTA) Y OFRECE PRUEBAS PARA DEMOSTRARLO, ELLO NO IMPLICA QUE ASUMA UNA POSTURA A FAVOR DE LA VÍCTIMA O DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Si bien la autoridad judicial y/o jurisdiccional dentro del proceso penal debe acatar el principio de imparcialidad sin favorecer a ninguna de las partes, ni coadyuvar a favor de la víctima o del Ministerio Público, limitándose a resolver sobre la controversia; lo cierto es que, como autoridad responsable, en términos de los artículos 64 y 117 de la Ley de Amparo, al rendir su informe justificado, puede invocar una causal de improcedencia, objetar la demanda y proponer la falsedad de las firmas que la contienen, así como ofrecer pruebas para demostrarlo, por lo que, con ello, no asume una postura a favor de la víctima o del representante social, sino sólo ejerce los derechos que le asisten como parte dentro del juicio de amparo.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2010170

Clave: VI.2o.P.10 K (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 23, Octubre de 2015; Tomo IV; Pág. 3824

Precedentes

Amparo en revisión 55/2015. 9 de abril de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Rafael Aragón. Secretaria: Nérida Xanat Melchor Cruz.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VI.2o.P.10 K (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo VI.2o.P.10 K (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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