FISCALES

Artículo VI.2o.C.23 K (10a.). RECURSOS DE REVISIÓN PRINCIPAL Y ADHESIVO. SE INTEGRAN POR TODOS LOS ESCRITOS EN LOS QUE SE PLANTEEN AGRAVIOS Y ADICIONES A ÉSTOS, A CONDICIÓN DE QUE SU AMPLIACIÓN SE FORMULE ANTES DE LA CONCLUSIÓN DEL PLAZO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 82 Y 86 DE LA LEY DE AMPARO VIGENTE.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

RECURSOS DE REVISIÓN PRINCIPAL Y ADHESIVO. SE INTEGRAN POR TODOS LOS ESCRITOS EN LOS QUE SE PLANTEEN AGRAVIOS Y ADICIONES A ÉSTOS, A CONDICIÓN DE QUE SU AMPLIACIÓN SE FORMULE ANTES DE LA CONCLUSIÓN DEL PLAZO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 82 Y 86 DE LA LEY DE AMPARO VIGENTE.

El recurso de revisión, tanto principal como adhesivo, puede estar contenido en uno o en varios escritos o promociones, en cada uno de los cuales podrán expresarse agravios que serán atendidos por el órgano encargado de resolver el medio de defensa. Y si dentro del plazo legal la parte que lo interponga expresa agravios en diversos escritos, no por ello puede estimarse que se trate de diversos recursos, pues no pueden disociarse las diferentes exposiciones de agravios formulados en escritos ulteriores al presentado originalmente. En consecuencia, el recurso de revisión principal y el adhesivo, quedan integrados por todos los escritos en los que se planteen agravios y adiciones a éstos, a condición de que su ampliación se formule hasta antes de la conclusión del plazo que establecen los artículos 82 y 86 de la Ley de Amparo vigente.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2010457

Clave: VI.2o.C.23 K (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 24, Noviembre de 2015; Tomo IV; Pág. 3642

Precedentes

Recurso de reclamación 14/2015. Guadalupe Morán Torres y/o Gloria Guadalupe Morán y Torres, su sucesión. 10 de septiembre de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Juan Carlos Cortés Salgado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VI.2o.C.23 K (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo VI.2o.C.23 K (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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