FISCALES

Artículo I.1o.A.E.97 A (10a.). COMPETENCIA ECONÓMICA. CARACTERÍSTICAS QUE DEBE REUNIR EL REQUERIMIENTO DE INFORMES O DOCUMENTOS FORMULADO POR LA AUTORIDAD DE LA MATERIA, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 31 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA ABROGADA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladadécima-Épocaadministrativa

Texto Legal

COMPETENCIA ECONÓMICA. CARACTERÍSTICAS QUE DEBE REUNIR EL REQUERIMIENTO DE INFORMES O DOCUMENTOS FORMULADO POR LA AUTORIDAD DE LA MATERIA, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 31 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA ABROGADA.

El artículo 31 de la Ley Federal de Competencia Económica abrogada, faculta a la autoridad encargada de su aplicación para requerir a quienes tengan relación con los asuntos de que conozca, los informes o documentos relevantes para realizar sus investigaciones, y le otorga un margen de discrecionalidad sobre qué información puede requerir a los agentes investigados, el cual no debe suponerse ilimitado o irrestricto, sino que el requerimiento debe abarcar información relevante y significativa; es decir, la que guarde relación con los hechos y datos atinentes para la toma de decisiones en relación con las prácticas anticompetitivas, y esa razonabilidad debe inferirse en los casos concretos en que se ejerza dicha potestad. En otras palabras, la decisión de la Comisión Federal de Competencia de solicitar información o documentos no debe ser caprichosa o subjetiva, dado que la relevancia requerida impone que aquélla sea pertinente, objetiva y que involucre una libre interpretación o apreciación, pero debe inferirse su razonabilidad caso por caso, de acuerdo con el nivel limitado de escrutinio que rige en materia económica, en virtud de que la actividad administrativa, por ningún motivo, puede quedar fuera o encima del orden jurídico y del control judicial.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.

---

Registro digital (IUS): 2010832

Clave: I.1o.A.E.97 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 26, Enero de 2016; Tomo IV; Pág. 3172

Precedentes

Amparo en revisión 113/2015. Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. y otro. 1 de octubre de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretario: Rogelio Pérez Ballesteros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.1o.A.E.97 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.1o.A.E.97 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. I.1o.A.E.97 A (10a.) del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. I.1o.A.E.97 A (10a.) FISCALES desde tu celular