FISCALES

Artículo I.1o.A.131 A (10a.). DERECHOS PATRIMONIALES SOBRE UNA OBRA. EL CERTIFICADO QUE CONTIENE LA INSCRIPCIÓN ANTE EL INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR DE UN PODER OTORGADO A UNA SOCIEDAD DE GESTIÓN COLECTIVA GENERA LA PRESUNCIÓN IURIS TANTUM DE QUE EL ASOCIADO PODERDANTE ES TITULAR DE ESA CLASE DE PRERROGATIVA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

DERECHOS PATRIMONIALES SOBRE UNA OBRA. EL CERTIFICADO QUE CONTIENE LA INSCRIPCIÓN ANTE EL INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR DE UN PODER OTORGADO A UNA SOCIEDAD DE GESTIÓN COLECTIVA GENERA LA PRESUNCIÓN IURIS TANTUM DE QUE EL ASOCIADO PODERDANTE ES TITULAR DE ESA CLASE DE PRERROGATIVA.

Derivado de la dificultad que representa para los autores o sus causahabientes hacer efectivos, en lo individual, sus derechos exclusivos, como consecuencia de que las obras pueden ser utilizadas, reproducidas y divulgadas por varias personas en un mismo momento en lugares distintos, el Congreso de la Unión estimó oportuno autorizar, a través del artículo 192 de la Ley Federal del Derecho de Autor, su gestión colectiva mediante asociaciones constituidas, administradas y vigiladas por los propios titulares. Por otro lado, conforme al artículo 200 del ordenamiento mencionado, las sociedades de gestión colectiva están legitimadas para ejercer las acciones necesarias para proteger los bienes inmateriales cuya administración les fue confiada, para lo cual solamente requiere contar con un poder general para pleitos y cobranzas otorgado por cada uno de sus miembros, inscrito ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Finalmente, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo directo 11/2010, definió que debe reconocerse a dichas agrupaciones la capacidad para actuar en defensa de los derechos de sus agremiados, sin necesidad de demostrar, entre otros aspectos, la titularidad que éstos tienen respecto de las obras cuya protección encomendaron, derivado de la presunción iuris tantum que sobre ese tópico genera el régimen especial de legitimación establecido por el legislador federal en favor de dichas sociedades mediante el último precepto citado. En este orden de ideas, se colige que el certificado que contiene la inscripción de un poder otorgado en favor de una sociedad de gestión colectiva ante el órgano desconcentrado citado es capaz de acreditar, salvo prueba en contrario, que el asociado poderdante es titular de los derechos patrimoniales sobre aquellas creaciones que constituyen el repertorio cuya administración y defensa encargó a aquélla.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2012337

Clave: I.1o.A.131 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 33, Agosto de 2016; Tomo IV; Pág. 2538

Precedentes

Amparo en revisión 368/2015. Sociedad Mexicana de Directores, Realizadores de Obras Audiovisuales, Sociedad de Gestión Colectiva de Interés Público y coags. 7 de enero de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretario: Luis Felipe Hernández Becerril.Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa aislada 1a. XXVII/2011, de rubro: "SOCIEDADES DE GESTIÓN COLECTIVA. UNA VEZ OBTENIDA SU AUTORIZACIÓN PARA OPERAR COMO TALES POR EL INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR, SE CREA UNA PRESUNCIÓN IURIS TANTUM DE LEGITIMACIÓN A SU FAVOR RESPECTO DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS AUTORES Y TITULARIDAD DEL REPERTORIO QUE ADMINISTRA PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS COLECTIVOS.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIII, febrero de 2011, página 628.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.1o.A.131 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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