Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Es criterio reiterado del Alto Tribunal que, para verificar la oportunidad de la promoción del juicio de amparo directo, además de los días que la Ley de Amparo señala como inhábiles, se deben descontar aquellos en que la autoridad responsable no haya laborado, puesto que es un lapso en que los tribunales civiles, administrativos o del trabajo se encuentran cerrados al público y las partes no tienen oportunidad de imponerse de los autos de los que emana el acto reclamado; de ahí que no pueden preparar el material para la elaboración de la demanda de amparo con los datos indispensables para tal efecto. No obstante que en los criterios invocados se definió qué días deben descontarse del plazo para la promoción del juicio de amparo directo, se estiman aplicables, por igualdad de razón, a la tramitación del juicio de nulidad, toda vez que durante el periodo vacacional otorgado a la autoridad demandada el gobernado no estará en posibilidad de consultar las constancias relativas y, en consecuencia, preparar una adecuada defensa, siempre que el acto impugnado derive de un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio, toda vez que aquél puede controvertir las violaciones que durante su sustanciación se hubieran producido, lo que no sucede tratándose de actos aislados, en que los fundamentos y motivos que dieron lugar a su emisión se contienen en el propio documento, sin que constituya el resultado de un procedimiento.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2012895
Clave: I.1o.A.139 A (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 35, Octubre de 2016; Tomo IV; Pág. 2948
Amparo directo 424/2016. Imagen Motors, S.A. de C.V. 11 de agosto de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Joel Carranco Zúñiga. Secretaria: Esmeralda Gómez Aguilar.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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