FISCALES

Artículo I.2o.A.E. J/2 (10a.). LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO. NO SE ACTUALIZA CUANDO, CONFORME A SU GRADO DE PARTICIPACIÓN, SE SANCIONA A DIVERSAS PERSONAS POR LA COMISIÓN DE UNA PRÁCTICA MONOPÓLICA ABSOLUTA (LEGISLACIÓN ABROGADA).

Jurisprudencia · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO. NO SE ACTUALIZA CUANDO, CONFORME A SU GRADO DE PARTICIPACIÓN, SE SANCIONA A DIVERSAS PERSONAS POR LA COMISIÓN DE UNA PRÁCTICA MONOPÓLICA ABSOLUTA (LEGISLACIÓN ABROGADA).

De acuerdo con los artículos 9o., fracción I y 35, fracciones IV y X, de la Ley Federal de Competencia Económica abrogada, se consideran responsables por la realización de una práctica monopólica absoluta, tanto los agentes económicos que incurren directamente en su realización, como la persona física o moral que coadyuve, propicie, induzca o participe en esa conducta ilegal. Así, cuando se sanciona a diversas personas por la realización de una práctica monopólica absoluta en términos de los preceptos citados, no se actualiza un litisconsorcio pasivo necesario, al grado de que no pueda absolverse a una sin hacerlo con las otras, porque la responsabilidad se construye de acuerdo con el grado de participación de cada quien en la configuración de la práctica irregular. En este sentido, cuando simplemente existe pluralidad de sujetos, es posible que los derechos que cada uno ostenta se resuelvan de acuerdo con sus particularidades, de modo que, al final, puede absolverse sólo a uno y condenarse a los demás.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.

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Registro digital (IUS): 2013798

Clave: I.2o.A.E. J/2 (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 40, Marzo de 2017; Tomo IV; Pág. 2411

Precedentes

Recurso de inconformidad 6/2016. Francisco Javier Torres Aranda. 17 de octubre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretario: Jorge Alberto Ramírez Hernández.Recurso de inconformidad 7/2016. Grupo Pecuario San Antonio, S.A. de C.V. 17 de octubre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretario: Jorge Alberto Ramírez Hernández.Recurso de inconformidad 8/2016. Pilgrim´s Operaciones Laguna, S. de R.L. de C.V. (antes Tyson Operaciones, S. de R.L. de C.V.) 17 de octubre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretario: Jorge Alberto Ramírez Hernández.Recurso de inconformidad 10/2016. Pilgrim´s Operaciones Laguna, S. de R.L. de C.V. (antes Tyson Operaciones, S. de R.L. de C.V.) 24 de octubre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretario: Jorge Alberto Ramírez Hernández.Recurso de inconformidad 9/2016. 8 de diciembre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Esteban Penagos López. Secretario: Miguel Ángel Briones Cervantes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.2o.A.E. J/2 (10a.) del FISCALES?

Jurisprudencia · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.2o.A.E. J/2 (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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