FISCALES

Artículo III.7o.A.7 A (10a.). PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE PAGO DE HORAS EXTRAS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS. EL CÓMPUTO DEL PLAZO RELATIVO CORRE A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DEL EN QUE SE HAYAN LABORADO (APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO).

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladadécima-Épocalaboral,-administrativa

Texto Legal

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE PAGO DE HORAS EXTRAS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS. EL CÓMPUTO DEL PLAZO RELATIVO CORRE A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DEL EN QUE SE HAYAN LABORADO (APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO).

El artículo 105 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios establece que las acciones que nazcan de esa ley o del nombramiento expedido en favor de los servidores públicos, prescribirán en un año, empero, no establece a partir de cuándo comienza a correr el plazo correspondiente, por lo que debe acudirse al artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo, de aplicación supletoria a la ley inicialmente citada, en términos de su artículo 10, fracción III, el cual dispone que las acciones de trabajo prescriben en un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible. Por tanto, el reclamo de pago de horas extras conforme a la legislación burocrática invocada, al no ser actos de tracto sucesivo, dado que se generan sólo conforme se laboran, prescribe en un año, contado a partir de que la prestación es exigible, lo cual ocurre al día siguiente del en que se hayan laborado, toda vez que es en ese momento en que nace el derecho del trabajador para exigir la contraprestación.SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2014030

Clave: III.7o.A.7 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 40, Marzo de 2017; Tomo IV; Pág. 2862

Precedentes

Amparo directo 55/2016. Jorge Alberto Prado Saines. 19 de enero de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Claudia Mavel Curiel López. Secretario: Roberto Valenzuela Cardona.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo III.7o.A.7 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo III.7o.A.7 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. III.7o.A.7 A (10a.) del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. III.7o.A.7 A (10a.) FISCALES desde tu celular