Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Si bien quienes no sean parte en un juicio (terceros extraños), tienen la posibilidad de solicitar la expedición de copias certificadas de actuaciones judiciales, en virtud del ejercicio del derecho de audiencia establecido en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo cierto es que ese derecho no es absoluto, sino que exige la reunión de requisitos mínimos, como acreditar que las copias se requieren para defender sus derechos en otro juicio o medio de defensa. Lo anterior es así, pues el derecho humano de acceso a la información, no puede desvincularse del derecho a la protección de datos personales y a la privacidad de las partes que acuden a los órganos de impartición de justicia, lo que implica que el juzgador debe velar porque no se afecte ninguno de ellos, respetando los procedimientos legales establecidos al efecto.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA OCTAVA REGIÓN.
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Registro digital (IUS): 2014250
Clave: (VIII Región)2o.6 K (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 42, Mayo de 2017; Tomo III; Pág. 1900
Amparo en revisión 3/2017 (cuaderno auxiliar 176/2017) del índice del Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Octava Región, con residencia en Mérida, Yucatán. 8 de marzo de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Mayra González Solís. Secretaria: Cruz Belén Martínez de los Santos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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