FISCALES

Artículo I.1o.A.E.209 A (10a.). CONTRAPRESTACIÓN POR LA PRÓRROGA DE UN TÍTULO DE CONCESIÓN EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES. LAS OPINIONES DE LA UNIDAD DE POLÍTICA DE INGRESOS NO TRIBUTARIOS DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA DEL ESPECTRO Y RECURSOS ORBITALES DE LA UNIDAD DE ESPECTRO RADIOELÉCTRICO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES RESPECTO AL MONTO Y A LA ACTUALIZACIÓN RELATIVAS, NO AFECTAN EL INTERÉS JURÍDICO DE QUIENES DEBAN CUBRIR AQUÉLLA, PARA EFECTOS DEL AMPARO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

CONTRAPRESTACIÓN POR LA PRÓRROGA DE UN TÍTULO DE CONCESIÓN EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES. LAS OPINIONES DE LA UNIDAD DE POLÍTICA DE INGRESOS NO TRIBUTARIOS DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA DEL ESPECTRO Y RECURSOS ORBITALES DE LA UNIDAD DE ESPECTRO RADIOELÉCTRICO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES RESPECTO AL MONTO Y A LA ACTUALIZACIÓN RELATIVAS, NO AFECTAN EL INTERÉS JURÍDICO DE QUIENES DEBAN CUBRIR AQUÉLLA, PARA EFECTOS DEL AMPARO.

Las opiniones respecto al monto y a la actualización de la contraprestación por la prórroga de un título de concesión en materia de telecomunicaciones que emiten las unidades administrativas mencionadas, conforme a sus concernientes facultades, no pueden considerarse decisiones asumidas por esas autoridades, porque la resolución en el tema señalado que emite el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, es la que se erige como el acto a través del cual se define la cantidad líquida que debe pagar el gobernado, para que le sea expedida la prórroga del título de concesión correspondiente. Por tanto, dichas opiniones no afectan el interés jurídico de quienes deban cubrir la contraprestación, para efectos de la promoción del juicio de amparo, actualizándose así la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XII, de la Ley de Amparo.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.

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Registro digital (IUS): 2014607

Clave: I.1o.A.E.209 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 43, Junio de 2017; Tomo IV; Pág. 2886

Precedentes

Amparo en revisión 14/2017. Comunicación Efectiva, S.A. de C.V. y otros. 20 de abril de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Óscar Germán Cendejas Gleason. Secretario: Agustín Ballesteros Sánchez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.1o.A.E.209 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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