Jurisprudencia · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Conforme a la jurisprudencia 2a./J. 106/2008, deben declararse inoperantes los conceptos de violación que busquen la inclusión del quejoso en las exenciones concedidas por una Legislatura Estatal en materia de propiedad inmobiliaria, en contravención al artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que faculta exclusivamente a los Municipios para otorgarlas. Ahora bien, el artículo décimo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro, Querétaro, para el ejercicio fiscal 2016, contiene un beneficio fiscal incluido por el propio Ayuntamiento en la iniciativa correspondiente, la cual fue aprobada sin modificaciones por el Congreso Estatal, en sesión de 10 de diciembre de 2015, arropándola de las formalidades constitucionales para tornarla en ley en sentido formal y material. Por tanto, al no tener dicho beneficio origen estatal, sino municipal, no pueden considerarse inoperantes los conceptos de violación en el amparo en el que se reclama su aplicación al tenor de la jurisprudencia citada; de ahí que es inaplicable.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL VIGÉSIMO SEGUNDO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2014982
Clave: XXII.2o.A.C. J/1 (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 45, Agosto de 2017; Tomo IV; Pág. 2602
Amparo en revisión 363/2016. Óscar Gerardo León Navarro y otros. 14 de julio de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Mendoza Pérez. Secretaria: María del Carmen Casasús Medina.Amparo en revisión 450/2016. Manuel Felipe Arreguin Martínez. 25 de agosto de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Hernández García. Secretario: Armando Antonio Badillo García.Amparo en revisión 362/2016. Naves y Bodegas Platino, S.A. de C.V. 22 de septiembre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Mendoza Pérez. Secretaria: Bertha Martínez Vega.Amparo en revisión 531/2016. Juan Arturo Castellanos Malo y otros. 13 de octubre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Hernández García. Secretario: Rodrigo Núñez Hernández.Amparo en revisión 554/2016. 17 de noviembre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Mendoza Pérez. Secretario: Antonio Rodríguez Flores.Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 106/2008 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVIII, julio de 2008, página 513, con el rubro: "CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INOPERANTES. LO SON LOS RELATIVOS A LA FALTA DE INCLUSIÓN DEL QUEJOSO EN LA EXENCIÓN OTORGADA POR EL CONGRESO LOCAL EN CUANTO AL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE PROPIEDAD INMOBILIARIA, AUN CUANDO SEA EN CONTRAVENCIÓN AL ARTÍCULO 115, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL."
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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