FISCALES

Artículo 2a. CLIV/2017 (10a.). COMPETENCIA PARA CONOCER DEL RECURSO DE REVISIÓN CONTRA EL SOBRESEIMIENTO DICTADO POR NO ESTAR EN EL CASO DE ACTOS DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. CORRESPONDE AL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO ESPECIALIZADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA.

Tesis aislada · Décima Época · Segunda Sala

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Texto Legal

COMPETENCIA PARA CONOCER DEL RECURSO DE REVISIÓN CONTRA EL SOBRESEIMIENTO DICTADO POR NO ESTAR EN EL CASO DE ACTOS DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. CORRESPONDE AL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO ESPECIALIZADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA.

Por regla general, los conflictos competenciales por razón de la materia se resuelven atento a la naturaleza de los actos reclamados y de las autoridades responsables; sin embargo, surge una excepción cuando el problema de fondo del recurso de revisión que los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes se niegan a conocer, consiste en revisar si es correcto el sobreseimiento en el juicio de amparo, porque para el Juez de Distrito no se está en el caso de actos de autoridad, pues en ese supuesto, no es factible analizar la naturaleza de los actos reclamados y de las autoridades responsables, porque ello ocasionaría que la resolución del conflicto competencial prejuzgue sobre el fondo del recurso. Por tanto, en esos casos, la competencia debe fincarse en favor del Tribunal Colegiado de Circuito especializado en materia administrativa, por tener competencia residual para conocer del recurso de revisión, lo que a su vez, respeta la litis del conflicto competencial atinente a resolver cuestiones de competencia y no de procedencia del juicio de amparo.

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Registro digital (IUS): 2015383

Clave: 2a. CLIV/2017 (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 47, Octubre de 2017; Tomo II; Pág. 1222

Precedentes

Conflicto competencial 188/2016. Suscitado entre el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo, ambos del Décimo Segundo Circuito. 15 de febrero de 2017. Mayoría de tres votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek y Margarita Beatriz Luna Ramos. Disidentes: José Fernando Franco González Salas y Eduardo Medina Mora I. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretario: Octavio Joel Flores Díaz.Conflicto competencial 178/2017. Suscitado entre los Tribunales Colegiados Primero en Materia Administrativa y Primero en Materia de Trabajo, ambos del Sexto Circuito. 16 de agosto de 2017. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I.; mayoría de tres votos en relación con el criterio contenido en esta tesis. Disidentes: José Fernando Franco González Salas y Eduardo Medina Mora I. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretario: Octavio Joel Flores Díaz.Conflicto competencial 207/2017. Suscitado entre los Tribunales Colegiados Segundo en Materia Administrativa y Segundo en Materia de Trabajo, ambos del Séptimo Circuito. 30 de agosto de 2017. Mayoría de tres votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek y Margarita Beatriz Luna Ramos, en relación con el criterio contenido en esta tesis. Disidentes: José Fernando Franco González Salas y Eduardo Medina Mora I. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretario: Ron Snipeliski Nischli.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2a. CLIV/2017 (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Segunda Sala

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