Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Los actos positivos de ejecución continua o de tracto sucesivo, son aquellos que se traducen en un hacer por parte de la autoridad, cuyos efectos no se consuman inmediatamente, sino hasta que se desarrolla un número determinado de actuaciones subsecuentes. En ese sentido, si el acto reclamado establece un procedimiento que se traduce en la consecución de una serie de etapas previamente establecidas, que habrán de culminar con el resultado pretendido por la autoridad, atento a que tiene la misma naturaleza de los señalados, procede conceder la suspensión en el amparo promovido en su contra, en términos del artículo 150 de la ley de la materia, siempre que se cumplan los requisitos del numeral 128 del propio ordenamiento.DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2015786
Clave: I.10o.A.6 K (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 49, Diciembre de 2017; Tomo IV; Pág. 2005
Incidente de suspensión (revisión) 318/2017. Verificación 100 Metros, S.A. de C.V. 13 de septiembre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Arturo Camero Ocampo. Secretario: Moisés Chilchoa Vázquez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.1o.A.172 A (10a.). ARCHIVO GENERAL DE NOTARÍAS. SU TITULAR CARECE DE FACULTADES PARA RETENER LOS LIBROS DE UN NOTARIO PÚBLICO CUANDO ADVIERTA ALGUNA ANOMALÍA EN LOS FOLIOS QUE INTEGRAN EL PROTOCOLO CORRESPONDIENTE (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL -ACTUALMENTE CIUDAD DE MÉXICO-).
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