FISCALES

Artículo I.1o.A.176 A (10a.). IMPUESTO SOBRE NÓMINAS. EL ARTÍCULO 158 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, AL ESTABLECER LA TASA APLICABLE A ESA CONTRIBUCIÓN, SATISFACE EL REQUISITO DE MOTIVACIÓN QUE LE ES EXIGIBLE COMO ACTO LEGISLATIVO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

IMPUESTO SOBRE NÓMINAS. EL ARTÍCULO 158 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, AL ESTABLECER LA TASA APLICABLE A ESA CONTRIBUCIÓN, SATISFACE EL REQUISITO DE MOTIVACIÓN QUE LE ES EXIGIBLE COMO ACTO LEGISLATIVO.

En el precepto citado se establece la tasa aplicable al impuesto sobre nóminas, a razón del 3% sobre el monto total de las erogaciones realizadas por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado; aspecto que si bien es cierto es de índole sustantiva, también lo es que no involucra algún valor constitucional que pudiera derivar en una situación de desigualdad o inequitativa. Por tanto, como acto legislativo, le es exigible una motivación ordinaria y no reforzada, la cual se satisface al constatar que proviene de un proceso legislativo seguido por las autoridades competentes y se refiere a una situación jurídica y social cuya regulación se consideró conveniente y/o necesaria, sin que se requiera que en la exposición de motivos o en los dictámenes de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México se asienten los señalamientos precisos que la llevaron a incrementar la tasa, con motivo de la reforma publicada en la Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal el 31 de diciembre de 2013, vigente a partir del día siguiente.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2015926

Clave: I.1o.A.176 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 50, Enero de 2018; Tomo IV; Pág. 2173

Precedentes

Amparo en revisión 190/2017. Costco Administrativo, S.A. de C.V. y otra. 20 de julio de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Ronzon Sevilla. Secretaria: Olga María Arellano Estrada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.1o.A.176 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.1o.A.176 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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