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Artículo V.1o.P.A. J/1 (10a.). ACTA DE ASAMBLEA DE CAMBIO DE RÉGIMEN COMUNAL A EJIDAL. NO SE REQUIERE DE SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL PARA ACREDITAR EL INTERÉS JURÍDICO DEL EJIDO EN EL AMPARO.

Jurisprudencia · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

ACTA DE ASAMBLEA DE CAMBIO DE RÉGIMEN COMUNAL A EJIDAL. NO SE REQUIERE DE SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL PARA ACREDITAR EL INTERÉS JURÍDICO DEL EJIDO EN EL AMPARO.

El acta de asamblea de cambio de régimen comunal a ejidal, al haberse dotado al ejido de un bien en el juicio agrario, demuestra un derecho adquirido sobre éste, y si dicho cambio se realizó mediante una asamblea convocada debidamente, donde los integrantes de la comunidad lo aprobaron en presencia de un visitador agrario, como representante de la Procuraduría Agraria, y ante la fe de un notario público, ese documento es de fecha cierta, por lo que es suficiente para acreditar el interés jurídico del ejido en el amparo y, para ese fin, no obsta su falta de inscripción en el Registro Agrario Nacional. Desde luego, la eficacia otorgada al acta para los efectos señalados no prejuzga sobre el alcance jurídico que le pueda otorgar el tribunal agrario en el juicio en la materia.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL QUINTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2017510

Clave: V.1o.P.A. J/1 (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 57, Agosto de 2018; Tomo III; Pág. 2344

Precedentes

Amparo en revisión 57/2017. 17 de agosto de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel García Figueroa. Secretario: Hugo García García.Amparo en revisión 243/2017. 11 de octubre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel García Figueroa. Secretario: Hugo García García.Amparo en revisión 246/2017. 11 de octubre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel García Figueroa. Secretario: Hugo García García.Amparo en revisión 242/2017. 16 de noviembre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo García García, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado.Amparo en revisión 61/2018. 4 de mayo de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel García Figueroa. Secretario: Hugo García García.Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 4/2018 del Pleno del Quinto Circuito de la que derivó la tesis jurisprudencial PC.V. J/23 A (10a.) de título y subtítulo: "ACTA DE ASAMBLEA DE CAMBIO DE RÉGIMEN COMUNAL A EJIDAL. SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL ES REQUISITO INDISPENSABLE PARA LA EXISTENCIA JURÍDICA DEL EJIDO, POR LO QUE PARA DILUCIDAR SI ÉSTE TIENE EL CARÁCTER DE TERCERO EXTRAÑO A UN JUICIO, DEBE TOMARSE EN CUENTA LA FECHA EN QUE SE EFECTUÓ."

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo V.1o.P.A. J/1 (10a.) del FISCALES?

Jurisprudencia · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo V.1o.P.A. J/1 (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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