FISCALES

Artículo I.4o.A.133 A (10a.). SISTEMA IMSS DESDE SU EMPRESA (IDSE). SÍ EMITE UN ACUSE DE RECIBO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

SISTEMA IMSS DESDE SU EMPRESA (IDSE). SÍ EMITE UN ACUSE DE RECIBO.

El Instituto Mexicano del Seguro Social implementó el Sistema IMSS desde su Empresa (IDSE), para que los reingresos, modificaciones de salario y bajas de los trabajadores puedan ser reportados directamente a dicho organismo desde la computadora de la empresa, vía Internet. El propósito de ese mecanismo es la simplificación del procedimiento de presentación y trámite de movimientos afiliatorios, con procesos totalmente automatizados que permitan mantener actualizadas las bases de datos. Así, el envío de la información de movimientos afiliatorios puede realizarse desde el sistema IDSE, una vez que la empresa se inscribe para utilizar este servicio, los 365 días del año, a cualquier hora, y la fecha y hora de transmisión son registradas y consideradas para efectos del proceso y cumplimiento de los plazos legales; una vez enviada la información se genera inmediatamente un acuse de recibo con las cifras de los movimientos enviados; posteriormente, el instituto obtendrá la información del buzón y la confrontará con la base de datos, lo cual conlleva el rechazo de aquellos registros mal estructurados o que no sean lógicos; la información correcta se procesará a más tardar el día hábil inmediato siguiente al de su recepción, salvo casos oficiales de interrupción del proceso, suspensión oficial de labores, procedimientos de emergencia o errores imputables al patrón. Posteriormente, se realizará la actualización de los movimientos afiliatorios solicitados y transmitidos por la empresa y se efectuará su depósito en el buzón de Tramitanet, a más tardar en 48 horas, salvo los casos mencionados; Tramitanet pondrá a disposición de los patrones en la misma página, en su menú acuses, el reporte que contiene los movimientos operados y rechazados, el mismo día en que lo reciba. Por tanto, el sistema IDSE sí emite un acuse de recibo una vez enviada la información correspondiente al trámite que se desee realizar, lo que tiene su razón de ser en la normativa en materia de seguridad social, que brinda a los patrones y demás sujetos obligados la opción de utilizar medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza para cumplir con sus obligaciones, con la exigencia de entregarles la constancia del trámite realizado.CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2018024

Clave: I.4o.A.133 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 58, Septiembre de 2018; Tomo III; Pág. 2569

Precedentes

Amparo directo 566/2017. Grapas Mexicanas, S.A. de C.V. 28 de junio de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretaria: Aideé Pineda Núñez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.4o.A.133 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.4o.A.133 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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