FISCALES

Artículo 1a. CXXX/2018 (10a.). VALOR AGREGADO. EL ARTÍCULO 15, FRACCIÓN V, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

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Texto Legal

VALOR AGREGADO. EL ARTÍCULO 15, FRACCIÓN V, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.

El precepto citado, al prever que no se pagará el impuesto al valor agregado por la prestación de los servicios de transporte público terrestre de personas exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o zonas metropolitanas, no viola el principio de legalidad tributaria contenido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aun cuando no defina qué debe entenderse por áreas urbanas, suburbanas o zonas metropolitanas, pues estas locuciones son suficientes para conocer a qué tipo de servicios públicos terrestres de pasajeros se refiere la norma controvertida, a fin de establecer quiénes se encuentran comprendidos como sujetos obligados al impuesto y cuál es el objeto gravado. Lo anterior es así, en virtud de que el legislador, al acudir a aquellos vocablos de uso común en el sector del transporte terrestre de personas, en atención al significado gramatical de esas palabras y en el contexto en el que se emplean, permite a los gobernados entender con precisión que se considerarán exentos del pago del impuesto al valor agregado los sujetos dedicados al transporte público terrestre de personas, que se preste exclusivamente en las ciudades, áreas aledañas a éstas o en los conjuntos urbanos formados por una ciudad y sus áreas próximas.

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Registro digital (IUS): 2018029

Clave: 1a. CXXX/2018 (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 58, Septiembre de 2018; Tomo I; Pág. 849

Precedentes

Amparo en revisión 1016/2017. Transporturist, S.A. de C.V. 29 de noviembre de 2017. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández. Ponente: Norma Lucía Piña Hernández. Secretarios: Adrián González Utusástegui y Alma Delia Virto Aguilar. Amparo en revisión 130/2018. Transportes Discovery, S.A. de C.V. 25 de abril de 2018. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández. Ausente: Ministro José Ramón Cossío Díaz. Ponente: Norma Lucía Piña Hernández. Secretarios: Adrián González Utusástegui y Alma Delia Virto Aguilar. Amparo en revisión 655/2017. Autotransportes Adventur, S.A. de C.V. 2 de mayo de 2018. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández. Ponente: Norma Lucía Piña Hernández. Secretario: Adrián González Utusástegui.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1a. CXXX/2018 (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1a. CXXX/2018 (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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