FISCALES

Artículo I.2o.A.E.60 A (10a.). GUÍA PARA LA NOTIFICACIÓN DE CONCENTRACIONES EXPEDIDA POR LA EXTINTA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA. AUN CUANDO NO ES UNA NORMA JURÍDICA, LA AUTORIDAD PUEDE REFERIRSE A ÉSTA EN SUS RESOLUCIONES.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

GUÍA PARA LA NOTIFICACIÓN DE CONCENTRACIONES EXPEDIDA POR LA EXTINTA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA. AUN CUANDO NO ES UNA NORMA JURÍDICA, LA AUTORIDAD PUEDE REFERIRSE A ÉSTA EN SUS RESOLUCIONES.

El instrumento técnico mencionado se emitió por la extinta Comisión Federal de Competencia en marzo de 2011, en un ejercicio de autovinculación, que persigue difundir la experiencia y la práctica operativa de esa autoridad, orientar al particular sobre cómo interpretaba o aplicaba en sede administrativa la Ley Federal de Competencia Económica en materia de concentraciones y transparentar el análisis en los procedimientos de notificación de éstas. Por tanto, carece de los atributos de una norma jurídica, pues no establece disposiciones de carácter general y abstractas que generen, modifiquen o extingan situaciones jurídicas de manera unilateral y obligatoria, que tengan trascendencia en la esfera jurídica de los particulares, es decir, no fue expedida como un acto coercitivo para someter a la observancia inexcusable del particular, que genere obligaciones o restrinja los derechos de los gobernados; sin embargo, la autoridad puede referirse a ésta al resolver sobre las concentraciones, en tanto que este comportamiento abona a la seguridad jurídica.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.

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Registro digital (IUS): 2018665

Clave: I.2o.A.E.60 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 61, Diciembre de 2018; Tomo II; Pág. 1093

Precedentes

Amparo en revisión 1/2017. Grupo Axo, S.A.P.I. de C.V. y otra. 16 de agosto de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretaria: Jeny Jahaira Santana Albor.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.2o.A.E.60 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.2o.A.E.60 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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