Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
El hecho de que una persona haya tenido el carácter de titular interino de la Auditoría Superior del Estado de Quintana Roo no la inhabilita, ni actualiza una causa impeditiva o prohibitiva para participar en el proceso de selección del auditor superior de la entidad y, en su caso, para resultar electa, porque el puesto interino se caracteriza por la temporalidad del cargo encomendado por razones justificadas de necesidad y urgencia, es decir, se trata de una figura que no conlleva permanencia, pues no puede equipararse la provisionalidad de la relación de servicio, con la encomendada al "titular" de un órgano constitucional autónomo, toda vez que el propósito de aquélla es cubrir una necesidad transitoria.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
---
Registro digital (IUS): 2019056
Clave: XXVII.3o.81 A (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 62, Enero de 2019; Tomo IV; Pág. 2320
Amparo en revisión 103/2018. Juan Antonio Palacios Suárez. 12 de julio de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Ramón Rodríguez Minaya. Secretario: José Francisco Aguilar Ballesteros.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. P. VII/2018 (10a.). PRESUNCIÓN DE INOCENCIA EN SU VERTIENTE DE ESTÁNDAR DE PRUEBA. CONTENIDO DE ESTE DERECHO FUNDAMENTAL.
Siguiente
Art. I.16o.T.15 K (10a.). CONCEPTOS DE VIOLACIÓN EN EL AMPARO DIRECTO REFERENTES A PRESTACIONES ACCESORIAS A LA PRINCIPAL. PROCEDE SU ANÁLISIS AUN CUANDO SE CONCEDA EL AMPARO PARA QUE SE REPONGA EL PROCEDIMIENTO, SIEMPRE Y CUANDO LA RESPONSABLE SE HAYA PRONUNCIADO RESPECTO DE ELLAS.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo