FISCALES

Artículo I.10o.A.10 K (10a.). REVISIÓN ADHESIVA EN AMPARO INDIRECTO. LAS AUTORIDADES RESPONSABLES CARECEN DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER DICHO RECURSO, CUANDO LA SENTENCIA RECURRIDA POR DIVERSA AUTORIDAD EN EL PRINCIPAL ES FAVORABLE AL QUEJOSO, POR HABERSE OTORGADO LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

REVISIÓN ADHESIVA EN AMPARO INDIRECTO. LAS AUTORIDADES RESPONSABLES CARECEN DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER DICHO RECURSO, CUANDO LA SENTENCIA RECURRIDA POR DIVERSA AUTORIDAD EN EL PRINCIPAL ES FAVORABLE AL QUEJOSO, POR HABERSE OTORGADO LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL.

Por su naturaleza, el recurso de revisión adhesiva a que se refiere el artículo 82 de la Ley de Amparo, tiene por objeto garantizar a quien obtuvo sentencia favorable, la posibilidad de mejorar y reforzar las consideraciones que condujeron al punto resolutivo que le benefició, en la medida en que proporciona al tribunal revisor, como materia de estudio para la segunda instancia, nuevos elementos que concurren a propiciar la confirmación de la sentencia en la parte debatida por el recurso principal. En consecuencia, las autoridades responsables carecen de legitimación para interponerlo, cuando la sentencia recurrida por diversa autoridad en el principal es favorable al quejoso, por haberse otorgado la protección constitucional, al no actualizarse la condición de beneficio en su favor con la confirmación del fallo protector.DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2019518

Clave: I.10o.A.10 K (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 64, Marzo de 2019; Tomo III; Pág. 2786

Precedentes

Amparo en revisión 372/2018. Director del Hospital General de México "Dr. Eduardo Liceaga". 24 de enero de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Alfredo Enrique Báez López. Secretaria: Mirna Isabel Bernal Rodríguez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.10o.A.10 K (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.10o.A.10 K (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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