FISCALES

Artículo XVI.1o.A.188 A (10a.). PRUEBAS EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. AL OFRECER EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO, EL ACTOR DEBE ESPECIFICAR CUÁLES DOCUMENTALES PRIVADAS DEBEN ADJUNTARSE A ÉSTE.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladadécima-Épocaadministrativa

Texto Legal

PRUEBAS EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. AL OFRECER EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO, EL ACTOR DEBE ESPECIFICAR CUÁLES DOCUMENTALES PRIVADAS DEBEN ADJUNTARSE A ÉSTE.

El artículo 14, fracción V, último párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo dispone que el expediente administrativo en que se haya dictado la resolución impugnada, es uno de los medios de prueba que puede ofrecerse en el juicio de nulidad, el cual se integra con toda la documentación relacionada con el procedimiento que le dio lugar, es decir, la que corresponda a su inicio, los actos administrativos posteriores y la propia resolución, sin incluir las documentales privadas del actor, salvo que las especifique como ofrecidas. Por tanto, es un requisito necesario, tratándose de dichas documentales privadas, que el promovente especifique cuáles deben adjuntarse al expediente administrativo, para que la autoridad demandada las exhiba.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2019885

Clave: XVI.1o.A.188 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 66, Mayo de 2019; Tomo III; Pág. 2721

Precedentes

Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 191/2018. Administradora Desconcentrada Jurídica de Guanajuato "3", unidad administrativa encargada de la defensa jurídica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Jefe del Servicio de Administración Tributaria. 7 de febrero de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Ariel Alberto Rojas Caballero. Secretaria: Claudia Alonso Medrano.Nota: Esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 62/2025, pendiente de resolverse por el Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XVI.1o.A.188 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XVI.1o.A.188 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. XVI.1o.A.188 A (10a.) del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. XVI.1o.A.188 A (10a.) FISCALES desde tu celular