Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Cuando en el juicio de amparo se reclama del gerente del Registro Público de Derechos de Agua de la Comisión Nacional del Agua, la omisión de inscribir la transmisión de derechos y prórroga de una concesión previamente autorizada, no rige el principio de oficiosidad que obligue a la responsable a efectuar el registro, ya que éste procede a solicitud de parte interesada, conforme al artículo 30, último párrafo, de la Ley de Aguas Nacionales; además, deben reunirse los requisitos que para ese trámite establece el artículo 52 de las Reglas de Organización y Operación del Registro Público de Derechos de Agua, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 6 de diciembre de 2002.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2020302
Clave: XVII.2o.P.A.48 A (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 68, Julio de 2019; Tomo III; Pág. 2124
Amparo en revisión 502/2018. Gerente del Registro Público de Derechos de Agua de la Comisión Nacional del Agua. 3 de mayo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Pánfilo Martínez Ruiz, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: Martha Dalila Morales Cruz.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.1o.A.E.81 K (10a.). RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL INCISO E) DE LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 97 DE LA LEY DE AMPARO. AUN CUANDO, POR REGLA GENERAL, AL ADMITIRSE OPERA LA SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO, SI ÉSTA PUEDE INFLUIR EN LA SENTENCIA DEFINITIVA O SE VINCULA CON LA TEMÁTICA DE FONDO DE LA PROPIA QUEJA, EL JUZGADOR PUEDE PROVEER LO CONDUCENTE PARA PRESERVAR LA MATERIA DE LA IMPUGNACIÓN [EXCEPCIÓN A LA JURISPRUDENCIA P./J. 4/2012 (10a.)].
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