Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Si la autoridad responsable, para sustentar el sentido del acto reclamado expresó consideraciones esenciales en donde cada una es autónoma y suficiente para sostenerlo, con independencia de las otras para regir su sentido, y respecto de una de ellas los conceptos de violación tocantes a evidenciar su ilegalidad resultan inoperantes o infundados, el resto de los propuestos deben calificarse como inoperantes, al ser innecesario estudiarlos, en atención a que en nada variaría el sentido de la resolución reclamada, ya que basta que quede firme una de ellas para seguir sosteniendo el sentido del fallo reclamado.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2022188
Clave: XVII.1o.C.T.47 K (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 79, Octubre de 2020; Tomo III; Pág. 1794
Amparo directo 140/2020. Bandil Solución, Comercialización y Consultores, S.A. de C.V. 24 de julio de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Armando Juárez Morales. Secretaria: Grisel Guadalupe Gómez Ponce.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. VII.2o.C.78 K (10a.). SUSPENSIÓN PROVISIONAL DEL ACTO RECLAMADO. PROCEDENCIA DEL RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO, CUANDO EL AUTO IMPUGNADO NO ES LA RESOLUCIÓN QUE CONCEDIÓ LA MEDIDA PROVISIONAL, SINO UNA QUE INVOLUCRA UNA DECISIÓN PARA HACER EFECTIVA LA MISMA.
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Art. 2a./J. 35/2020 (10a.). INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING. CORRESPONDE A LOS ÓRGANOS DE AMPARO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADOS EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA CONOCER DE LA DEMANDA DE AMPARO EN LA QUE SE RECLAMAN ACTOS Y RESOLUCIONES EMITIDOS POR LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA EN LOS PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE PRÁCTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL.
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