FISCALES

Artículo (IV Región)1o.28 A (10a.). PRINCIPIO DE CONGRUENCIA DE LAS SENTENCIAS DE NULIDAD. CONSISTE EN ASEGURAR LA RESPUESTA AL TEMA ESENCIAL MATERIA DE LA LITIS.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladadécima-Épocaadministrativa

Texto Legal

PRINCIPIO DE CONGRUENCIA DE LAS SENTENCIAS DE NULIDAD. CONSISTE EN ASEGURAR LA RESPUESTA AL TEMA ESENCIAL MATERIA DE LA LITIS.

La congruencia de las sentencias no sólo debe entenderse en sentido amplio, como se ha definido en diversos criterios jurisprudenciales, esto es, como aquel principio por medio del cual el juzgador está obligado a resolver los puntos materia de la litis, de modo que el justiciable tenga la certeza de que se estudió lo debatido en el juicio. Esto es así, porque esa idea generalizada es sólo un bosquejo, pero no significa que el juzgador, de manera sacramental, se vea constreñido a resolver línea por línea todas las manifestaciones expresadas, aspectos accesorios o que no son relevantes para la procedencia de las pretensiones, sino que lo importante de esa salvaguarda en el juicio de nulidad es la respuesta al tema esencial y, con ello, lograr advertir si lo accesorio sigue la suerte de lo principal, pues a través de éste se establecen las bases para que la autoridad jurisdiccional emita una resolución completa para que las partes cuenten con la certeza de haber sido escuchadas, ya que ven plasmadas en el fallo las cuestiones debatidas oportunamente en el juicio.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

---

Registro digital (IUS): 2022574

Clave: (IV Región)1o.28 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 81, Diciembre de 2020; Tomo II; Pág. 1698

Precedentes

Amparo directo 267/2019 (cuaderno auxiliar 444/2020) del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Club de Golf La Herradura. 28 de octubre de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Riveros Caraza. Secretaria: Ingrid Jessica García Barrientos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo (IV Región)1o.28 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo (IV Región)1o.28 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. (IV Región)1o.28 A (10a.) del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. (IV Región)1o.28 A (10a.) FISCALES desde tu celular